Un Proyecto de decreto escrito entre los ministerio de salud y Ambiente y Desarrollo Sostenible, reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud, y aplica a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que genere, identifiquen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las siguientes actividades:
1. Servicios de atención en salud
2. Bancos de sangre tejidos y semen
3. Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
4. Bioterios y laboratorios de biotecnología
5. Servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias y exhumaciones
6. Servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico
7. Plantas de beneficio animal (mataderos)
8. Servicios veterinarios
9. Establecimientos destinados al trabajo sexual
10. Servicios de estética y cosmetología
11. Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes
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PROYECTO DE DECRETO MANEJO DE RESIDUOS DE SALUD