Reporte obligatorio de pacientes con cáncer

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La Resolución 247 de 2014 establece la obligación de reportar los pacientes con cáncer a la Cuenta de Alto Costo por parte de las EAPB, incluidas las del régimen de excepción, las IPS públicas, privadas y mixtas y las direcciones departamentales, distritales y municipales de salud.

FECHAS DE REPORTE

 

Las EAPB y las direcciones departamentales y distritales de salud deberán reportar a la Cuenta de Alto Costo a través del aplicativo web: www.cuentadealtocosto.org dispuesto para el efecto la información a más tardar el 31 de marzo de cada año.

 

Descargue

RESOLUCION 247 DE 2014 – REPORTE PACIENTES CON CANCER A CUENTA DE ALTO COSTO

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