Rendimientos financieros para EPS en liquidación sería del 20%

Un proyecto de resolución que adelanta el Ministerio de Salud y Protección Social, definiría en setenta por ciento (70%) el porcentaje de los rendimientos financieros de la cuenta maestra de recaudo de cotizaciones en salud.
Rendimientos financieros para EPS en proceso de liquidación sería del 20%
[favorite_button]
Comentar

Un proyecto de resolución  que adelanta el Ministerio de Salud y Protección Social, se definiría en setenta por ciento (70%) el porcentaje de los rendimientos financieros de la cuenta maestra de recaudo de cotizaciones en salud.

Indica que quienes deberán apropiarse de este asunto son las Entidades Promotoras de Salud y demás Entidades Obligadas a Compensar para vigencia 2020.

 También puede leer: regresa la meritocracia a la elección de directores de ESE

De Igual forma, el documento hace énfasis  en que los rendimientos financieros  solo podrán ser apropiados por dichas entidades y por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud- ADRES.

La finalidad del proyecto, será financiar actividades relacionadas con el recaudo de las cotizaciones, y el manejo de la información sobre el pago de aportes y los servicios financieros asociados al recaudo así mismo, evitar su evasión y elusión, en los montos y condiciones establecidos por el Ministerio de Salud y protección Social.

Recordemos que con el decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, se estableció que el Minsalud sería el encargado de definir anualmente el porcentaje de los rendimientos financieros generados por las cotizaciones recaudadas, del que las EPS y demás EOC podrían apropiarse para financiar las actividades relacionadas con la gestión de cobro de cotizaciones y el manejo de la información sobre el pago de aportes y los servicios financieros asociados al recaudo.

Finalmente, este proyecto concluye mostrando que el porcentaje de apropiación de rendimientos financieros de las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones en salud, a apropiarse por las EPS y demás EOC que se encuentren en proceso de liquidación y por el periodo que este se extienda, será del veinte por ciento (20%).

Documento adjunto

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Preinscríbete y recibe información ampliada
XIX Congreso Nacional de Salud

* Todos los campos son requeridos

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda

¡Gracias por su información!

El formulario ha sido enviado exitosamente, por favor verifique su bandeja de correo electrónico, enviaremos información ampliada sobre el XIX Congreso Nacional de Salud.

Pronto uno de nuestros asesores te contactará.