Abren nuevos plazos para el proceso de referenciación internacional de precios de medicamentos

El Ministerio de Salud publicó el anexo de los medicamentos que serán sometidos al proceso de referenciación internacional de precios en el segundo semestre del año.
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El Ministerio de Salud publicó el anexo de los medicamentos que serán sometidos al proceso de referenciación internacional de precios en el segundo semestre del año. La lista con 125 mercados relevantes serán sometidos a la metodología que se estableció previamente en la Circular 03 de 2013, cabe aclarar que las formas farmacéuticas que modifican la liberación de principio activo podrán conformar otro mercado relevante.

La selección de estos medicamentos se realizó de acuerdo con: la información reportada al SISMED y las solicitudes de cobro/recobro a la ADRES. De la misma manera, se incluyeron Medicamentos Vitales No Disponibles. El periodo de referencia para el proceso de referenciación internacional de precios de medicamentos será: 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021.

Artículo relacionado: Circular 12 de 2021: oficializan la nueva regulación de precios de medicamentos

ActividadFecha inicialFecha finalEstado
Consulta pública de mercados relevantes, estandarización INVIMA, agrupación de formas farmacéuticas e IHH.Miércoles, 15 de septiembre de 2021Viernes, 08 de octubre de 2021En proceso
Referenciación de precios internacionalesMiércoles, 15 de septiembre de 2021Martes, 16 de noviembre de 2021En proceso
Elaboración del borrador de la CircularLunes, 25 de octubre de 2021Martes, 23 de noviembre de 2021Pendiente
Consulta pública de precios internacionales y borrador de CircularMiércoles, 24 de noviembre de 2021Lunes, 13 de diciembre de 2021Pendiente


Adicionalmente las novedades publicadas por el ministerio detallan que la plataforma de reporte del Sistema de Información de Precios de Medicamentos – SISMED, se habilitará de manera extemporánea los días del 14 de septiembre al 25 de septiembre de este año, para los siguientes trimestres: 2021-T1, 2021-T2, 2020-T4, 2020-T2, 2020-T3, 2020-T1, 2019-T1, 2019-T4, 2018-T2, 2018-T4, 2018-T3, 2019-T2, 2019-T3, 2018-T1.

Así mismo, para trimestres anteriores a 2019-T4, las entidades reportadoras deben enviar al correo [email protected] los archivos planos bajo la estructura del anexo técnico contenido en la Circular 02 de 2011 (MED113MVEN y MED114MCOM). Para los trimestres desde 2019-T4 hasta 2021-T2 los archivos deben ser cargados en la plataforma bajo la estructura del anexo técnico contenido en la Circular 06 de 2018 (MED100MPRE).

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