Estos son los perfiles ocupacionales para el reconocimiento económico a favor talento humano en salud

Conozca cuales serán los perfiles ocupacionales que serán beneficiarios del reconocimiento económico destinado al talento humano en salud por atención que preste sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de coronavirus COVID - 19.
Talento humano en salud reconocimiento económico
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A través de la resolución 1774 de 2020 se definió los perfiles ocupacionales que serán beneficiarios del reconocimiento económico destinado al talento humano en salud que preste sus servicios  a pacientes  con sospecha  o diagnóstico  de coronavirus COVID-19.

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Según el Ministerio de Salud y Protección Social, este  monto será recibido por los profesionales en salud por una única vez y el mecanismo  de giro empleado para este fin será por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema  General  de Seguridad  Social  en Salud- ADRES.

Cabe decir, que este reconocimiento se pagará de acuerdo con el perfil reportado siempre  y cuando coincida  con el registrado en el ReTHUS, en la fecha  de corte de liquidación del incentivo. Sin embargo, la normativa aclara que el talento humano en salud que presente dos o más perfiles  reportados por el INS, la  IPS o la entidad  territorial y  estén registrados en  el  ReTHUS, solo  se  les reconocerá  el incentivo por el de mayor  valor.  En todo caso, solo se realizará  un único pago por profesional de la  salud.

Asimismo, es importante indicar que  el valor del reconocimiento económico temporal no será inferior a un (1) salario mínimo legal mensual  vigente  SMLMV  y no podrá superar los cuatro  punto cinco (4,5) salarios mínimos  legales  mensuales vigentes  – SMLMV.

¿Cómo se hará la validación de los reportes del talento humano en salud? 

De acuerdo con lo expuesto por el Minsalud, la encargada de validar la información del talento humano en salud reportada por el Instituto Nacional de Salud, las entidades territoriales y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS, con la información del Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud -ReTHUS, la base de datos de Servicio Social Obligatorio – SSO, será la Administradora  de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES.

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 De igual manera, la ADRES   podrá  realizar  el  giro  directo  a  los  beneficiarios  del  reconocimiento  económico temporal  a nombre  de los prestadores de servicios  de salud, las entidades  territoriales y el Instituto  Nacional  de  Salud,  para  lo cual  deberá  especificar  los  procedimientos que  estos deben  seguir

En cuanto a la transferencia de los recursos del reconocimiento temporal, esta será realizada  a las  cuentas  bancarias  que sean  registradas por el Instituto  Nacional  de Salud, las Instituciones Prestadoras de  Servicios  de  Salud  – IPS o las secretarias de  salud. Por tanto, los recursos  que   transfiera  la  ADRES, no  estarán  exentos  de   los  descuentos  por  débito automático  que  hayan   autorizado  los  titulares  beneficiarios  en  las  diferentes  entidades bancarias, de servicios  o de comercio tanto a favor de terceros como para abonar obligaciones a favor de dichas  entidades.

Finalmente, el Minsalud ha aclarado que, para  efectos del  reconocimiento económico temporal  al Talento Humano  en Salud fallecido, la ADRES  verificará que el fallecimiento haya ocurrido  durante la emergencia sanitaria  y realizará el giro a los beneficiarios en los términos  que esta disponga.

Perfiles talento humano en salud y valor a reconocer

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