Prorrogan medida de vigilancia especial a EPS Cafesalud y Cruz Blanca

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Prorrogan medida de vigilancia especial a EPS Cafesalud y Cruz Blanca

También incluye la medida preventiva del Programa de Recuperación de la EPS CONVIDA. La prórroga es de un año para cada EPS, es decir, hasta el 31 de agosto de 2016, según lo estableció la Superintendencia Nacional de Salud a través de las Resoluciones 1609, 1610 y 1611 de 2015.

Según la Superintendencia Delegada  para Medidas Especiales, entre los motivos para otorgar la prorroga a las EPS Cafesalud y Cruz Roja  del Régimen Contributivo, y a la EPS CONVIDA del  Subsidiado, está que a corte del 30 de Junio de 2015,  no cumplen con lo establecido por el Decreto 2702 de 2014, al tener condiciones financieras y de solvencia negativa.

Medida de Vigilancia especial

Las EPS Cruz Blanca, según la Resolución 1610 de 2015, no cumple con aspectos como:

–          Indicadores de oportunidad y morbilidad materna por fuera de los estándares,

–          Tienen un alto porcentaje de municipios sin cobertura de red de servicios de baja y alta complejidad y UCI,

–          Aumento de las PQRD especialmente en restricción al acceso y oportunidad de los servicios de salud, y

–          No presenta cobertura en especialidades básicas en varios municipios.

La  EPS Cafesalud, por su parte y según los establece la Resolución 1611 de 2015, presenta:

–          Situaciones de riesgo operativo y financiero evidenciadas por la revisoría fiscal

–          Tienen un alto porcentaje de municipios sin cobertura de red de servicios de baja y alta complejidad y UCI.

–          Aumento de las PQRD especialmente en restricción al acceso y oportunidad de los servicios de salud.

–          Incremento en el número de tutelas por no prestación de servicios de salud.

Medida Preventiva

Mientras tanto la EPS CONVIDA con medida preventiva, según la Resolución 1609 de 2015, argumenta que:

–          Los estado financieros no presentan razonablemente la situación financiera de la entidad

–          Existe incumplimiento en la capitalización propuesta

–          Es necesario mejorar el reporte de información en términos de calidad y oportunidad

–          Se requiere gestionar el proceso de autorizaciones, red de servicios, atención de especialidades básicas y entrega de medicamentos

–          Mejorar el proceso de gestión de tutelas y PQRD e identificar sus causas

Plan de Acción

Después de diez (10) días siguientes de dada a conocer la decisión, las tres EPS deben presentar ante la Delegada para Medidas Especiales de la Superintendencia, un Plan de Acción que incluya las actividades y medidas en lo administrativo, técnico científico y financiero a ejecutar durante el año de prórroga. La SuperSalud en los diez (10) días siguientes evaluará el plan para su aprobación.  

Al ser aprobado, el representante legal de las EPS-S Cafesalud, Cruz Blanca y CONVIDA, tiene que presentar los cinco (5) primeros días de cada mes, un informe de gestión reportando cada una de las actividades y acciones aprobadas, los porcentajes de avance y las evidencias de cumplimiento, ante la Delegada para Medidas Especiales de la SuperSalud.

Las EPS tienen recurso de reposición sobre la prórroga de la medida especial, con un plazo de 10 días de publicadas las Resoluciones 1609, 1610 y 1611 de 2015.

Las medidas consignadas en las Resoluciones 1609, 1610 y 1611 de 2015  tienen aplicación inmediata a partir de su publicación.

Descargue: Prórroga medida especial EPS Cafesalud – Resolución 1610 de 2015

Prórroga medida especial EPS Cruz Blanca- Resolución 1610 de 2015

Prórroga medida preventiva EPS CONVIDA – Resolución 1609 de 2015 

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