Proponen criterios para distribución de recursos para APS en los territorios

Los recursos a los que se refiere el documento deberán estar destinados a financiar la conformación y operación de equipos básicos de salud
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El Ministerio de Salud ha publicado una resolución en borrador sobre la distribución de recursos para la Atención Primaria En Salud (APS), específicamente para la conformación de equipos básicos. En el documento, las autoridades sanitarias señalan que, si bien hay avances en la materia, en algunos casos los equipos se han financiado con recursos diferentes a los provenientes del SGP de salud pública como ICLD, regalías; mientras que en otros casos, se han articulado las intervenciones individuales y colectivas mediante los prestadores.

En este borrador, el Ministerio también enfatiza en la necesidad de adaptación del sistema de salud, para que se desarrolle en función de las necesidades de las personas, implementando funciones preventivas y predictivas en las comunidades y regiones, a través de la búsqueda activa. Por lo anterior, las disposiciones serán de cumplimiento obligatorio para las Empresas Sociales del Estado de nivel territorial.

Los recursos a los que se refiere el documento deberán estar destinados a financiar la conformación y operación de equipos básicos de salud, para que éstos lleven a cabo actividades en las zonas rurales, urbanas, poblaciones o grupos sociales donde se cuente con poca o ninguna actividad del plan de las intervenciones colectivas. Sin embargo, aquellas ESE que estén bajo medida de intervención por parte de la Superintendencia Nacional de Salud no harán parte de la distribución de recursos.

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¿Cuál es el rol de los equipos básicos de salud?

Cabe recordar que los equipos básicos de salud están conformados por 1 médico general, 1 profesional de enfermería, 1 profesional en psicología (u otros perfiles profesionales dependiendo de las necesidades del territorio), 4 auxiliares de enfermería y 1 promotor de salud.

Dentro de las funciones asignadas a estos grupos están: realizar la caracterización familiar; apoyar la conformación de redes sociales y comunitarias, zonas de orientación y centros de escucha; realizar la canalización a la Institución Prestadora de Servicios de Salud primaria a larcual este adscrita la población, conforme a los riesgos identificados, la mortalidad evitable y la discapacidad prevenible. También están encargados del seguimiento al acceso a los servicios de salud y redireccionamiento a la EPS correspondiente.

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Conozca los criterios para la distribución de recursos para la APS en los territorios

Los criterios para la distribución de recursos a las Empresas Sociales del Estado, se determinan de acuerdo con el cumplimiento de los mismos por parte del municipio o distrito en donde esté ubicada o alguna de sus sedes, sea Departamental o Municipal. Los criterios son:

  • Municipio o distrito que haga parte de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET o en el Plan Nacional de Salud Rural – PNSR.
  • Municipio o distrito con monopolio público de servicios trazadores de baja complejidad (urgencias, partos y consulta externa).
  • Municipios o distritos con cobertura inferior al 50% en la proporción de gestantes con captación temprana al control prenatal.
  • Municipios o distritos con cobertura inferior al 50% en proporción de mujeres con consulta de planificación familiar.
  • Municipios o distritos con cobertura inferior al 50% en la proporción de mujeres con detección temprana de cáncer de cuello uterino.
  • Municipios o distritos con cobertura inferior al 50% en la proporción de personas adultas mayores con valoración integral para la promoción y mantenimiento de la salud.
  • Municipios o distritos con cobertura inferior al 50% en la proporción de personas jóvenes con valoración integral para la promoción y mantenimiento de la salud.
  • Municipios o distritos con cobertura inferior al 50% en la proporción de personas con control de placa bacteriana.
  • Municipios o distritos con cobertura inferior al 50% en la proporción de personas con tamizaje de agudeza visual.
  • Municipios o distritos con evaluación satisfactoria en la ejecución financiera de los recursos del Sistema General de Participaciones – subcomponente de acciones de salud pública asignados en la vigencia 2022.
  • Municipios o distritos que no cuentan en zonas rurales con sede(s) de Empresas Sociales del Estado.
  • Municipios categoría 5 y 6. Municipios categoría 4 y Distritos categoría 1 con índice de ruralidad superior al 50% para el año 2022.

La distribución de recursos deberá contar con la recomendación del Comité Asesor CAAR-DPSAP, quien definirá las condiciones en las cuales se deben aplicar los criterios establecidos en el artículo anterior. Igualmente, dicho Comité definirá el puntaje requerido para la distribución de los recursos, así como los equipos a financiar.

En cuanto al número de equipos que se financiarán bajo este componente, el Ministerio de Salud especifica que se determinará a partir del total de la población del municipio o distrito y el ámbito del territorio (urbano – rural – rural disperso).

CONSULTORSALUD pone a disposición de sus lectores, la resolución en borrador sobre los criterios de distribución de recursos:

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