Procuraduría pide que personas asintomáticas y con síntomas leves de Covid-19 tengan incapacidad

La Procuraduría pidió al Ministerio de Salud que se modifique el Decreto 1109 del 2020 para que personas con síntomas leves y sin síntomas de Covid-19 tengan incapacidad médica.
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La Procuraduría hizo un llamado al Ministerio de Salud para que se revisará la situación en la que se encuentran los trabajadores asintomáticos y con síntomas leves de Covid-19 quienes no reciben incapacidad médica para ausentarse de sus lugares de trabajo y tampoco pueden desempeñarse en sus cargos afectando así sus ingresos.

En la misiva enviada a Fernando Ruíz, Ministro de salud, el órgano de control resalta que resulta preocupante la medida que habilita al médico tratante a no expedir certificado de incapacidad en los casos positivos para covid-19 con síntomas leves o con ausencia de ellos. Resulta preocupante que en estos casos se recomiende priorizar las modalidades de trabajo en casa o teletrabajo.

Adicionalmente, el ente de control encendió las alarmas teniendo en cuenta que los trabajadores del sector salud, construcción, manufactura, vigilancia, seguridad privada, limpieza, aseo, entre otros no pueden realizar sus actividades bajo la modalidad de teletrabajo y no tienen otra opción más que desplazarse a su lugar de trabajo. Sin esta incapacidad médica el trabajador no puede justificar el ausentismo laboral ante su empleador y tampoco podrán realizar sus actividades por lo que no recibirían su salario.

Así mismo, ante la inexistencia del certificado de incapacidad tampoco tendrían derecho a recibir el subsidio económico por parte de la EPS o ARL, lo que iría en contravía de los derechos fundamentales del trabajador y de su familia.

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Datos encontrados por la procuraduría

En la realización de una acción preventiva la Procuraduría evidenció que al 17 de agosto de 2020, de los casos confirmados de Covid-19, el 81.2% corresponden a personas con síntomas leves y el 10.9% son personas con síntomas moderados a graves. Teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 1109 del 2020 a estas personas no se les expedirá certificado de incapacidad laboral por la totalidad del tiempo que dure su aislamiento. Esta cifra de un vistazo de la enorme cantidad de trabajadores que se verán afectados por esta medida.

Por lo tanto, la entidad pidió al Ministerio de Salud modificar el inciso segundo del artículo 8° del Decreto 1109 del 2020. La modificación debe establecer que independientemente de que un trabajador manifieste o no síntomas tendrá derecho a una incapacidad laboral por el tiempo que deba permanecer aislado garantizando su sostenibilidad económica y dar cumplimiento a las medidas sanitarias orientadas al control del contagio.

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