Procedimiento para acceso a servicios y tecnologías no pos

Con el fin de garantizar el derecho fundamental a la salud y los mecanismos de protección y acceso regulados en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, el Sistema de Salud debe procurar por la mejor utilización social y económica de los recursos, servicios y tecnologías disponibles en favor de sus afiliados al Régimen Subsidiado, es…

Esta publicación hace parte del contenido exclusivo de CONSULTORSALUD. Te invitamos a suscribirte adquiriendo: Suscripción ORO, Suscripción plata or Suscripción Diamante.
[favorite_button]
Comentar

Con el fin de garantizar el derecho fundamental a la salud y los mecanismos de protección y acceso regulados en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, el Sistema de Salud debe procurar por la mejor utilización social y económica de los recursos, servicios y tecnologías disponibles en favor de sus afiliados al Régimen Subsidiado, es…

Esta publicación hace parte del contenido exclusivo de CONSULTORSALUD. Te invitamos a suscribirte adquiriendo: Suscripción ORO, Suscripción plata or Suscripción Diamante.

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda