Personas que se encuentran en la frontera harán parte del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19

El Ministerio de Salud modificó el PNV para incluir a las personas que se encuentran en las zonas de frontera nacional dentro del plan.
Personas que se encuentran en la frontera harán parte del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19
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El Ministerio de Salud publicó un documento con el que modificará nuevamente el Decreto 109 de 2021, con el que se adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19 -PNV- con el fin de incluir a las personas que se encuentran en las zonas de frontera nacional dentro del plan.

Esta directriz debe ser acatada por todos los habitantes del territorio nacional y personas que transitan en zona de frontera, incluidos los extranjeros acreditados en misiones diplomáticas o consulares en Colombia, a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, a las Entidades responsables del aseguramiento y sus operadores, a los prestadores de servicios de salud públicos y privados, incluidos los prestadores de servicios de salud indígenas, al Fondo Nacional de Salud para las Personas Privadas de la Libertad y su operador y a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

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No obstante, la vacunación de la población que transita en zonas de frontera dependerá de la disponibilidad de vacuna y del comportamiento epidemiológico del COVID-19 en estos municipios.

En este sentido se modifica la población objeto del PNV que ahora menciona que deben vacunarse todos los habitantes del territorio nacional y personas que transitan en zona de frontera, incluidos los extranjeros acreditados en misiones diplomáticas o consulares en Colombia hasta alcanzar la vacunación de al menos, el 70% de los habitantes del territorio nacional.

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MiVacuna servirá para identificar la población a vacunar en la frontera

El Ministerio de Salud identificará nominalmente, previo al inicio de la vacunación a través del portal “MIVACUNA COVID-19” a las personas que conforman los grupos priorizados en las etapas.

Así mismo, el Ministerio de Salud podrá solicitar información a las entidades públicas o privadas; que permita la identificación nominal de las personas pertenecientes a los grupos poblacionales identificados en las diferentes etapas del Plan Nacional de Vacunación. La completitud y calidad de los datos suministrados por las entidades de la generación, reporte y validación de la información es responsabilidad de estas, quienes deberán disponer de mecanismos de consulta para que la población pueda solicitar la revisión de su caso, sí lo considera necesario

Todos los municipios, distritos y departamentos con área no municipalizadas del territorio nacional deben realizar un censo de las personas que habitan en sus territorios y de las personas que transitan en zonas de frontera y, que no cuenten con un documento de identidad expedido por el Estado colombiano para identificarse. La información del censo debe ser remitido al Ministerio de Salud, en la estructura de datos y cumpliendo las condiciones que este determine; la información será cargada en la plataforma MIVACUNA COVID19.

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Para la conformación de la base de datos maestra de vacunación el Ministerio de Salud implementará medidas pertinentes y adecuadas para garantizar el debido tratamiento de los datos personales cumpliendo lo establecido en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y los principios de seguridad y confidencialidad de los datos personales, conforme a la política de tratamiento de la información que haya adoptado.

Cabe resaltar que todas las personas podrán acceder a la vacunación sin que sea obligatorio el registro previo en la plataforma MIVACUNA, por lo tanto:

  • Los departamentos, distritos y municipios podrán adoptar medidas para evitar las aglomeraciones en los puntos de vacunación
  • Las personas podrán asistir a los puntos de vacunación habilitados y acceder a la vacuna contra el Covid, presentando su documento de identidad expedido por el estado colombiano. Las personas que no tienen este documento expedido por el estado podrán incluirse en el censo en el punto de vacunación. En cualquier caso, todas las personas vacunadas deben quedar registradas en el sistema de información nominal PAIWEB.

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