Perfil y competencias del medico Colombiano

[favorite_button]
Comentar

Se han detectado las siguientes restricciones al ejercicio de la profesion medica: El médico esta indefenso en este momento, para poder ejercer su profesión libremente en un sistema que no es de salud, sino de enfermedad, que lo ha convertido en un remitidor y contenedor del gasto, donde no puede actuar según sus conocimientos y habilidades.

El profesional no puede ejercer de acuerdo con sus conocimientos y destrezas.
Su constricción en el ejercicio, presiona todo el sistema de atención en salud, aumentando el uso de especialistas y subespecialistas.
El gobierno, las aseguradoras y los prestadores deben entender, que la subutilización de este recurso calificado, lo que hace es aumentar de manera importante los costos y bajar la calidad, ya que la prevención y la promoción debe empezar desde ese primer contacto de la relación médico-paciente.

EL MEDICO EN COLOMBIA

Se debe desempeñar desde el primer nivel de atención con las personas sanas o enfermas, por lo tanto debe orientar su labor hacia la persona, la familia y la comunidad de acuerdo con sus principios científicos, éticos, comunicativos y de profesionalismo, en armonía con el equipo de salud. Recuperar su autonomía para tomar decisiones en relación con las características tanto individuales, familiares y contextuales de los pacientes, considerando la incidencia y la prevalencia de los problemas relacionados con la salud de las personas y la comunidad.

Será un profesional competente para el desempeño clínico con excelente comprensión de la relación médico paciente con cuatro dominios: primero, conocimiento especializado y biomédico; segundo, autonomía intelectual en la toma de decisiones; tercero, compromiso de servicio social; y cuarto, autorregulación.

PERFIL DEL MEDICO EN COLOMBIA – MARCO NORMATIVO

Según el Artículo 24 de la Ley 30 de 1992 (títulos profesionales), se entiende que el médico es una persona que ha recibido un título como “reconocimiento expreso de carácter académico, otorgado a una persona natural, a la culminación de un programa, por haber adquirido un saber determinado en una Institución de Educación Superior”. Obtenido el título, de acuerdo con el Decreto 1465 de 1992, Art. 1, el Ministerio de Salud expide y otorga la Tarjeta profesional: “Los médicos que hayan obtenido y obtengan autorización del Ministerio de Salud para el ejercicio de la medicina conforme a las disposiciones legales vigentes, acreditarán tal calidad en todo el territorio nacional”.

 

Descargue: Perfil y competencias del nuevo medico Colombiano

 

Documentos adjuntos

Este artículo tiene documentos adjuntos que podrá descargar para ampliar su información:

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda