Pautas para el agendamiento de vacunación en adultos mayores

Conozca en este artículo de CONSULTORSALUD cuál es el proceso determinado por el MinSalud para la vacunación en adultos mayores contra covid-19
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Colombia progresa en la implementación del Plan Nacional de Vacunación. Hasta la fecha, esta labor se mantiene en la etapa I; es decir, en la inmunización del talento humano en salud y los adultos mayores de 80 años. Según el último reporte oficial, para el 28 de febrero se habían aplicado 130.578 dosis.

Sin embargo, en cuánto al proceso de los adultos mayores, se han presentado inconvenientes denunciados en medios de comunicación y redes sociales: largas filas de espera para recibir la vacuna contra covid-19 y falta de organización con los listados, pues algunas personas fueron notificadas pero al llegar al punto, su nombre no aparecía en el sistema.

Ante esta situación, el Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer cuáles son las pautas para el agendamiento de los adultos mayores. Como punto de partida, familiares y cuidadores deben saber que la asignación está a cargo de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios -EAPB-. Estas entidades agrupan las EPS, los regímenes de excepción, entre otros aseguradores. En la asignación se tiene en cuenta la red de servicios y el lugar de residencia de la persona.

“Las EAPB ya han venido recibiendo la base de datos de sus afiliados por parte del Ministerio de salud y protección social para el respectivo proceso de validación de información, de manera que estarán identificadas todas las personas aseguradas del país. Ahora con dicha base de datos, las EAPB deben asignar sus usuarios, en cada ciudad, a las IPS de su red de servicios, teniendo en cuenta el domicilio y/o lugar de trabajo de sus afiliados, con el fin de que la vacunación sea lo más accesible posible”, afirmó el viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios, Luis Alexander Moscoso.

Luego de la asignación por parte de las EAPB, ésta es monitoreada y revisada por la Mesa Territorial de Vacunación. Esta instancia reúne a las autoridades locales, IPS, aseguradoras, entre otros agentes a nivel departamental y distrital. Su objetivo es verificar los criterios de cada asignación y su debido cumplimiento. Además, también está autorizada para tomar decisiones en caso de requerirse.

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¿Qué sigue luego de la asignación para adultos mayores?

Cuando los procesos anteriores se completan, la IPS contacta al paciente para transmitirle la información por vía telefónica u otro medio. Posteriormente, el prestador de servicios agenda y reporta a la EPS la población objeto agendada. Por su parte, el asegurador consolida la información para añadirla a la base de datos maestra de Mi Vacuna.

Finalmente, los adultos mayores se dirigen al punto definido y allí se les administra la primera dosis de la vacunación contra covid-19. El mismo día se programa la aplicación de la segunda dosis, en caso de ser necesaria. Cada IPS debe reportar a su EPS la asignación de la segunda dosis para que se actualice la información en Mi Vacuna.

También se debe tener en cuenta que la asignación permite un único cambio. Si el usuario desea vacunarse en una IPS diferente a la asignada por la EPS o distinta a la de su prestador habitual, puede escoger una red distinta de elección y conveniencia.  Solo debe informar en cuanto lo llamen, que desea vacunarse en otro punto de vacunación. Los puntos pueden ser de la red de la EPS, de otra o de las IPS públicas.

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Este es el proceso de asignación de la vacunación:

1. La EPS asigna población a cada IPS según red de servicios y georreferenciación de los pacientes. (El proceso es monitoreado por una Mesa Territorial).

2. La IPS contacta vía telefónica u otro medio, a los pacientes para coordinar la cita.

3. La IPS agenda y le reporta a la EPS la población objeto agendada. En este caso, adultos mayores.

3.1. La EPS consolida la población objeto agendada y actualiza Mi Vacuna.

4. Se realiza la aplicación de la dosis de vacuna por parte de la IPS.

4.1. En caso de que se requiera, se debe programar cita de segunda dosis.

5. La IPS debe registrar a los vacunados en el PAIWEB y cargar el consentimiento informado. 

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