La CRES, en sesión del 16 de mayo, aprobó el Acuerdo No 23, que establece el valor de la Unidad de Pago por Capitación-UPC
para los Regímenes Contributivo y Subsidiado que regirá con retroactividad al 1º de abril y durante el resto del año 2011.
Después de analizar toda la información obtenida para el régimen contributivo, se tomó la decisión de incrementar el valor de la UPC que se tenía a 31 de diciembre de 2010 en 3.21%.
En consecuencia, la UPC definitiva para el Régimen Contributivo se fija en un valor anual promedio de $500.583.60, que corresponde a un valor diario de $1.390.51.
Con respecto al Régimen Subsidiado, la escasa información reportada no permitió a la Comisión efectuar el estudio técnico pertinente, por tal razón, se da aplicación al numeral 3º del Artículo 7º de la Ley 1122, que fija el incremento automático en la inflación causada; esto es el IPC a 31 de diciembre de 2010 certificado por el DANE; dicho incremento corresponde al 3.17%.
UPC 2011 – Boletín No. 30 CRES (90.11 kB)