Medimás debe garantizar atención sin importar medida cautelar: Supersalud

Superintendente de Salud (Supersalud)
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La problemática de la EPS Medimás y las dificultades en la prestación del servicio a sus casi 4 millones de afiliados parece no tener final, y esta semana tuvo otra polémica, en esta ocasión a causa del giro de recursos. aspecto que la Superintendencia de Salud (Supersalud) salió a aclarar, después de que la EPS dijera que a raíz de las medidas cautelares se pone en riesgo la atención a los pacientes.

En contexto

La semana pasada el presidente de la EPS Medimás, Alexander Martínez, hizo un llamado al Gobierno nacional manifestando su preocupación por los pagos retrasados de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), asegurando que esta cifra ascienden a los $80 mil millones, desde abril, mes en que se emitió la resolución 4344 en la que se ordenaron medidas cautelares al giro directo que realiza Medimás a 48 entidades de su red de prestación de servicios.

Ante eso, ADRES precisó que desde la notificación de la Resolución, ha congelado el giro de $43 mil millones del régimen contributivo, $3.681 millones del subsidiado y $11.564 millones de servicios médicos no PBS.

¿Qué respondió Medimás a la ADRES?

Luego del pronunciamiento de la ADRES, Medimás aseguró que desconoce la causa por la que no se ha procedido con el giro de recursos.

Medimás asegura que por esta razón se ha producido el cierre de servicios de gran parte de esta red, ocasionando afectaciones al momento de brindarle atención a sus afiliados, lo cual, según indican, desmejora los indicadores de atención en salud de la EPS.

En consecuencia, aclara Medimás, que los retrasos en el pago oportuno a sus prestadores es una circunstancia no atribuible a ellos.

Además, Medimás asegura que ha venido cumpliendo con las nuevas reglas impuestas por la Superintendencia Nacional de Salud.

“La aseguradora ha respondido de manera integral con las órdenes de la Resolución 4344 de 2019, la cual establece las condiciones para el giro de los recursos de la ADRES, principalmente a 48 IPS en todo el país; así como para el procedimiento de expedición de las certificaciones que demuestran que los valores facturados por dichos prestadores corresponden a servicios y suministros efectivamente facilitados, de acuerdo con los contratos legalmente celebrados”, señaló Medimás EPS.

Hay cumplimiento en la prestación de servicios: Medimás

En ese sentido, Medimás sostiene que la firma contralora designada por la Supersalud ha expedido dichas certificaciones que evidencian la efectiva prestación de los servicios por parte de la red de prestadores y, por ende, la oportuna y correcta atención en salud a sus usuarios.

De acuerdo con Medimás, la oportuna atención de los usuarios se evidencia en las seis comunicaciones suscritas por Never Enrique Mejía Matute, Contralor Designado con Funciones de Revisor Fiscal; el 22 de abril, y el 6 y 7 de mayo de 2019, con destino al Superintendente Delegado para la Gestión del Riesgo, Germán Augusto Guerrero, las cuales tienen como asunto el análisis y confirmación del Giro Directo de Medimás EPS a su red prestadora.

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Ante este panorama, Medimás EPS hizo un llamado a la Supersalud, así como a la Procuraduría General de la Nación para que, a la mayor brevedad, permitan y gestionen la dispersión de recursos por vía de giro directo en cabeza de la ADRES, y así “cesar el riesgo en el cual se está poniendo a la población afiliada a Medimás EPS en todo el territorio nacional”.

¿Qué le respondió la Supersalud a Medimás?

Ante la comunicación de Medimás, la Supersalud precisó que la medida cautelar ordenada al giro directo autorizado a la red de esa EPS no es una medida para toda la red prestadora contratada.

En ese sentido, la Supersalud aclaró que se toma, de manera cautelar, para hacer validaciones a los giros que se realizan a las 48 IPS vinculadas directa o indirectamente a la EPS, de las aproximadamente 2.000 IPS que le prestan el servicio a Medimás.

La decisión proferida mediante la Resolución 4344 de abril de 2019, se tomó, explica la Superintendencia de Salud, con el fin de salvaguardar los recursos del sistema y poder distribuirlos de mejor forma, cumpliendo con las obligaciones que esa EPS tiene con la red que no es vinculada directa o indirectamente.

“Esto debido a la concentración y prelación observada en giros anteriores ordenados por la EPS y con el fin de que se atiendan las obligaciones que tiene Medimás con el mayor número posible de IPS”, agregó la Supersalud.

Por tal razón, la Supersalud argumenta que en la resolución 4344 de 2019 se establecen una serie de requisitos para validar la conformidad de los giros a estas 48 IPS, por lo que la expedición de las certificaciones y la autorización del flujo de los recursos está sujeta a que el Contralor designado por la Supersalud verifique que los valores facturados corresponden a servicios y suministros efectivamente prestados y de acuerdo con los contratos legalmente celebrados.

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La expedición de la anterior certificación, y como consecuencia de ello el giro de los recursos, depende de la información que suministre la EPS Medimás y la celeridad con que esta lo haga.

Hay atrasos en el suministro de información por parte de Medimás

En consecuencia con lo anteriormente explicado, el Contralor ha manifestado que ha tenido retrasos por parte de Medimás en la entrega de información, lo que se ha visto reflejado en los tiempos para que mejore el flujo de los recursos.

No obstante, la Supersalud advierte que el servicio de Medimás para sus afiliados debe ser prestado con calidad, oportunidad, accesibilidad, seguridad, pertinencia y continuidad.

“No es una razón válida afirmar que por la medida cautelar no puede garantizar una adecuada prestación del servicio a sus afiliados, con la red de prestadores que tiene contratada”, concluyó la Supersalud.

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