Más de 900 plazas asignadas al servicio social obligatorio – SSO

Hace pocos días se realizó el sorteo de selección de plazas al servicio social obligatorio. En esta convocatoria se inscribieron 2.309 profesionales de la salud
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Desde este 1 de mayo, los profesionales elegidos durante la asignación de plazas de servicio social obligatorio podrán brindar atención en las comunidades del territorio nacional donde se encuentren. En esta oportunidad, las áreas seleccionadas para apoyar los servicios de salud fueron enfermería, bacteriología, odontología y medicina.

El segundo sorteo de asignación de plazas se realizó vía streaming en días anteriores. En esta oportunidad, de acuerdo con información oficial, se inscribieron 2.309 profesionales de la salud entre los que se asignaron 970 cupos de servicios social obligatorio, distribuidos así: 733 plazas para medicina, 121 para enfermería, 61 para odontología y 55 para bacteriología.

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Vale la pena mencionar que, dentro del grupo de inscritos, se eximieron de este requisito 803 profesionales de enfermería, 393 de odontología, 140 de bacteriología y 3 de medicina. Esto quiere decir que podrán iniciar el trámite de la autorización del ejercicio profesional, para iniciar sus labores profesionales dentro del sistema de salud colombiano.

Las personas elegidas en este sorteo deberán cumplir con el servicio social obligatorio hasta el 31 de julio de este año. Los resultados están disponibles desde la Ventanilla de trámites y servicios, a la cual se puede acceder desde la página web del Ministerio de Salud.

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¿Por qué se debe participar del servicio social obligatorio?

Durante el servicio social obligatorio, los egresados de las carreras del área de la salud aportan con sus conocimientos a la solución de problemas sanitarios en el país. Se trata de un requisito establecido en el artículo 33 de la Ley 1164 de 2007. Para el Ministerio de Salud, “representa un aporte fundamental para los profesionales, ya que les permite afianzar en su praxis y fortalecer sus competencias conociendo de manera cercana el comportamiento de los territorios”.

En algunos casos, los egresados pueden ser exonerados del cumplimiento de este requisito. Las causales contempladas para ello son las siguientes:

  • Quienes hayan cumplido su servicio social obligatorio en otra profesión del área de la salud en Colombia.
  • Aquellos nacionales o extranjeros que hayan cumplido el servicio social obligatorio en el exterior.
  • Los profesionales que hayan cumplido el servicio militar obligatorio en Colombia.
  • Los nacionales o extranjeros que hayan obtenido título de posgrado en el exterior en áreas de especial interés para el país podrán ser exentos de la prestación del servicio social obligatorio previo concepto del Comité de Servicio Social Obligatorio.
  • Los profesionales que, por caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificada y documentada, soliciten la exoneración o convalidación del servicio social obligatorio y ésta les sea autorizada por la Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social, previo concepto del Comité de Servicio Social Obligatorio.

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