MAITE: estos serán los nuevos plazos para su formulación y adopción

Conozca los nuevos plazos para la formulación y adopción del Maite en los departamentos y distritos.
MAITE estos serán los nuevos plazos para su formulación y adopción
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A través de la Resolución 1147 de 2020 se modificará los artículos 9 y 10 de la Resolución 2626 de 2019 que adopta el Modelo de Acción Integral Territorial – MAITE, modifica la Política de Atención Integral en Salud — PAIS.

De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, la decisión busca ampliar   los  términos   para  la  formulación  y adopción  del  Plan  de  Acción  e  Implementación del  MAITE  – PAIM  por  parte  de  las entidades territoriales, de tal manera  que se puedan  alinear esfuerzos y cumplir oportunamente  con  las  actividades   definidas   para  la  atención  de  la  pandemia.

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Fases para la construcción e implementación del MAITE

El Ministerio  de Salud y Protección Social ha indicado que definirá el lineamiento que contenga la metodología para la construcción del MAITE -PAIM para la materialización de este Modelo por parte de los territorios, se deberá formular, ejecutar, monitorear y ajustar un plan  de acción  territorial que  especifique  las prioridades  en  cada  línea  de  acción,  los responsables, los compromisos, productos,  indicadores y tiempos de ejecución de las acciones requeridas para el logro de los objetivos.

El plan  de  acción  territorial  e  implementación   del  Modelo  de  Acción  Integral Territorial – MAITE, deberá desarrollarse en las siguientes fases:

  • Planeación, formulación y adopción.  Proceso mediante el cual las entidades departamentales y distritales de salud, con el acompañamiento de este Ministerio, identifican las prioridades  del territorio en cada línea de acción del Modelo  de  Acción  Integral  Territorial -MAITE y  especifican  compromisos, responsables, productos, indicadores y tiempos de ejecución. En esta fase se incorporarán los avances realizados en la implementación del Modelo Integral de Atención en Salud – MIAS en las líneas de acción correspondientes.

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Los departamentos y distritos tendrán un plazo de un (1) año, contado a partir de  la  definición  del  lineamiento  que  contenga   la  metodología  para   la construcción del MAITE – PAIM.

Una vez aprobada el Plan de Acción e Implementación del MAITE – PAIM por parte de los departamentos y distritos, con el acompañamiento  del Ministerio de Salud y Protección Social, se adoptará e implementará

Ejecución DEL Maite

En esta fase se implementará el Plan de Acción e Implementación del MAITE -PAIM y el departamento trabajará con las autoridades municipales

para su ejecución. La vigencia del Plan de Acción e Implementación del MAITE- PAIM, será de cuatro (4) años.

Monitoreo

Durante  esta fase  se efectúa  la verificación  del avance  en cada uno  de  los  compromisos  establecidos  en  el  PAIM.   La  entidad  territorial reportará al Minsalud, el resultado de este monitoreo, dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento de cada trimestre.

En  desarrollo  de  esta  fase  se  podrá   determinar la  necesidad de  efectuar modificaciones, para garantizar et cumplimiento del PAIM, las cuales se formalizarán en los términos de la fase de ajuste al plan.

Ajuste del Plan 

En el tercer trimestre de cada año, el departamento o distrito hará una  revisión integral del  Plan  de Acción e tmptementaci611 del  MAITE- PAIM y en caso de determinar la necesidad de realizar modificaciones para su ejecución, efectuará  los ajustes que considere y los comunicará  al Ministerio de Salud y Protección Social de manera inmediata.

Indicadores para el monitoreo e implementación y avances del MAITE

Finalmente, el Minsalud modifico el artículo  10 de la  Resolución 2626 de 2019 el cual indica que, “dentro del término de un (1) año,  contado  a partir  de la definición del lineamiento que contenga la metodología para la construcción del MAITE – PAIM, se definirá  los  indicadores  y  criterios  para  el  monitoreo  de  la implementación y avances del Modelo,  con el propósito de verificar los resultados e impacto en la salud de la población en cada entidad territorial”.

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