Liquidación de EPS Caprecom – Decreto 2519 de 2015

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El Gobierno Nacional firmó el Decreto 2519 de 2015 que liquida la EPS Caprecom, y ordena que a partir del 1 de enero de 2016 los más de 2,4 millones de afiliados empiecen a ser trasladados, en su mayoría, a la Nueva EPS o distribuidos en las 12 EPS del Régimen Subsidiado autorizadas.

Para cumplir con ese proceso la Superintendencia Nacional de Salud a través de la Resolución 2664 de 2015, habilitó a la Nueva EPS para iniciar la operación y administración de los recursos del Régimen Subsidiado, con la capacidad de afiliación de una población total de 942.585, distribuidos en diferentes departamentos del país.

Los demás afiliados serán trasladados a EPS del Subsidiado agremiadas a Gestar Salud, como lo son: Comparta, Emssanar, Capital Salud y Coopsalud. Para el requisito de traslado las EPS no deben tener ninguna intervención. Después de 90 días los afiliados podrán cambiar de EPS.

Según el Decreto 2519 el proceso de liquidación deberá concluir a más tardar en un plazo de doce (12) meses, el cual, podrá ser prorrogado por el Gobierno Nacional a través de acto administrativo.  Después de ese plazo la EPS Caprecom dejará de existir.

Deudas de Caprecom

Las deudas que tiene la EPS Caprecom, según el Superintendente de Salud Norman Muñoz, ascienden a 1,3 o 1,4 billones de pesos, se concentran en su mayoría en la red pública hospitalaria.

Para cubrir esas deudas el Gobierno cuenta con $500 mil millones que aprobó el Congreso, en la ley de financiamiento; sumado a $300 mil millones que equivalen a los activos de la entidad, más $200 mil millones de embargos judiciales que serían librados automáticamente al firmase el decreto.

Agente Liquidador

El agente liquidador asignado será el empresario Felipe Negret, quien estuvo a cargo de la liquidación del Seguro Social y otras entidades, Negret tendrá la responsabilidad de garantizar el traslado de los afiliados.

El agente liquidador mediante resolución deberá adoptar el manual de contratación con la entidad, el cual, se debe regir por el artículo 52 de la Ley 489 de 1998, el Decreto Ley 254de 2000, la Ley 1105 de 2006 y el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. 

Trabajadores de Caprecom

Para los más de 500 trabajadores de la EPS Caprecom, el Decreto 2519 autoriza al agente liquidador que en un plazo de treinta (30) días después de asumir sus funciones, para hacer la supresión de cargos, determinando el personal que por sus funciones desarrolladas debe acompañar el proceso de liquidación.

Sin embargo, “las personas que sean cabeza de familia sin alternativa económica, limitación visual o auditiva, limitación física o mental, continuará vinculado laboralmente hasta la culminación de la liquidación de la entidad o hasta que mantengan la condición para estar amparados con la protección especial, lo que ocurra primero”.

Al igual de aquellos empleados que cumplan con la totalidad de los requisitos de edad y tiempo para cumplir con su jubilación en el término máximo de tres (3) años contados a partir del momento en que se suprime el cargo y se produce retiro del servicio.

Cuando se finalice el proceso de liquidación, los recursos remanentes del proceso se destinarán a la financiación de la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado, a la cuenta que disponga el FOSYGA.

Descargue: Decreto 2519 de 2015 – Liquidación de EPS Caprecom

Resolución 2664 de 2015- Habilitan operación de Nueva EPS en el Régimen Subsidiado 

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