Lineamientos para la disposición de cadáveres por Covid-19

El Ministerio de Salud emitió los lineamientos para la correcta y segura disposición de cadáveres infectados con Covid-19.
Orientaciones para la disposición final de cadáveres por Covid-19
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El Ministerio de Salud emitió lineamientos encaminados a orientar a las IPS, ciencias forenses, servicios funerarios y cementerios frente al manejo seguro, transporte y
disposición final de cadáveres infectados con COVID-19.

Estas orientaciones se dan con el fin de disminuir el riesgo de transmisión en los trabajadores del sector salud, funerario, familiares, comunidad en general y demás autoridades involucradas en esta gestión.

Cadáveres con muerte confirmada por Covid-19

En el manejo de cadáveres con causa de muerte probable o confirmada por COVID-19 se deben tener en cuenta las siguientes disposiciones:

En primer lugar, se deben tener presentes los principios de precaución y dignidad humana, estos se deben cumplir siempre durante la manipulación del cadáver.

Así mismo, el cadáver debe mantenerse íntegro y limitar al máximo su manipulación, teniendo especial atención al movilizar o amortajar el cadáver evitando contacto directo con fluidos o heces fecales, utilizando en todo momento máscaras de filtración FFP2 o N95, nunca tapabocas.

Recordemos, que en cumplimiento del principio de precaución y teniendo en cuenta que se trata de un evento de interés en salud pública de importancia internacional de alta transmisibilidad, queda restringida la realización de necropsias o similares, en casos con diagnostico confirmado de infección por COVID-19.

Instrucciones de cuidado para el personal de salud

Todo el personal que interviene en el manejo, traslado y disposición final de los cadáveres asociados a la infección, deberán cumplir las normas de bioseguridad. Especialmente, las técnicas de lavado de manos con agua y jabón después de la manipulación de los cuerpos. (No se recomienda el lavado de manos con alcohol glicerinado)

Para todos los individuos relacionados con el proceso de disposición de cadáveres es obligatorio el uso permanente de doble guante; máscaras de filtración FFP2 o N95, mono gafas para evitar salpicaduras y batas impermeables de manga larga.

Es preciso decir, que estos elementos deberán ser eliminados inmediatamente y no reutilizados en los casos en que dichos elementos puedan serlo.

Área hospitalaria

En el área hospitalaria donde ocurrió el deceso, el prestador de servicios de salud debe realizar la limpieza y desinfección terminal de toda la zona y elementos (cama, equipos de la cabecera, colchonetas, puertas, cerraduras, ventanas, baño, etc.), incluyendo todos los que sean reutilizables, de acuerdo con los protocolos definidos por la institución.

Del mismo modo, los prestadores de servicios de salud deben colocar el cadáver en doble bolsa específica para cadáveres de 150 micras o más de espesor, resistentes a la filtración de líquidos. Así como, realizar la desinfección de ambas bolsas previamente al traslado.

También, los elementos y equipos utilizados durante el traslado interno y externo de cadáveres dentro de las instituciones y hasta el destino final, deberán ser sometidos a procedimientos de limpieza y desinfección estrictos.

Transporte y disposición final

La disposición final del cadáver será preferiblemente mediante cremación. Cuando no se cuente con este tipo de instalaciones en el territorio donde ocurrió el deceso, se practicará la inhumación en sepultura o bóveda. En todo caso, el alistamiento del cadáver se realizará siempre en el lugar del deceso y no se permitirá el traslado hacia otra ciudad o municipio para su disposición final.

El transporte, para la cremación o inhumación, según sea el caso, se efectuará en el menor tiempo posible, con el fin prevenir la exposición de los trabajadores y comunidad general al virus COVID-19. Se debe evitar la realización de rituales fúnebres que conlleven reuniones o aglomeraciones de personas.

Casos particulares

En caso de que ocurra un deceso en casa que no haya recibido atención médica, del cual la autoridad sanitaria tenga conocimiento sobre la existencia de enfermedad precedente compatible con infección respiratoria no determinada, o antecedentes de viaje a zonas con circulación activa del virus, o contacto con un caso probable o confirmado de infección por COVID-19, deberá coordinar con la EAPB para que esta asigne el equipo de salud para desplazarse al domicilio, garantizando a través de autopsia verbal la documentación de las circunstancias que rodearon el deceso, establecer las posibles causas de muerte, así como la respectiva toma de muestras que sean procedentes y la remisión inmediata al Laboratorio de Salud Pública.

En consecuencia, el alistamiento de este tipo de cadáver será realizado en el mismo sitio del deceso, y para ello, el personal de salud autorizado para la manipulación del cadáver deberá contar con los elementos de protección personal y seguir los procedimientos de bioseguridad establecidos, así como los elementos necesarios para la toma de muestras, bolsas para el embalaje e insumos para el manejo de residuos entre otros.

Cuando haya muertes violentas o por establecer, se debe seguir el procedimiento de inspección técnica a cadáver determinado por las autoridades judiciales. Para los efectos, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y la Policía Judicial, establecerán los mecanismos interinstitucionales para el traslado y recepción de los cuerpos a fin de realizar su análisis dentro del menor tiempo posible.

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