Ley del Plan Nacional de Desarrollo

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El Plan de Desarrollo 2014- 2018 “Todos por un nuevo país” que presentó el Gobierno Nacional y actualmente se discute en el Congreso de la República, tiene tres pilares fundamental paz, equidad y educación.

Que va acompañado de estrategias transversales que se dividen en: Competitividad e infraestructura; Movilidad Social; Transformación del campo; Seguridad, justicia, y democracia para la construcción de paz; Buen Gobierno y crecimiento verde.

El monto presupuestal para los próximos cuatro años es de 703 billones de pesos, que, además, busca incorporar estrategias en gestión territorial, para promover el desarrollo en distintas zonas.

Se espera que en los próximos cuatrienios es mantener un crecimiento mayor del 4,5%, reducir el desempleo al 8% y conservar la inversión extranjera en un 29,5%.

Plan Desarrollo y su inversión en la salud

En las seis estrategias transversales, dentro del plan Movilidad Social con una inversión de 310.437.580 millones de pesos, 57.859.473 serán destinados para mejorar las condiciones de salud de los colombianos.

En 11 artículos se plantea las metas para mejorar la salud, que van desde crear un Modelo Integral, unificar el manejo de los recursos del SGSSS mediante la creación de una Unidad de Gestión, liquidación de las ESE, entre otros.

Estas son algunas de las medidas en materia de salud:

Modelo Integral de Atención en Salud

En el artículo 61 del Plan de Desarrollo se plantea que el Ministerio de Salud y Protección Social defina un Modelo Integral de Atención en Salud, que se aplicará para toda la población colombiana, los integrantes del SGSSS y las entidades pertenecientes al sistema de salud.

En el modelo se incorpora el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas- PIC, rutas de atención para la promoción y mantenimiento de la salud por ciclo de vida, funciones del prestador primario e implementación de la gestión de riesgo en salud.

Será el Ministerio quien elabore las metodologías y lineamientos para la adaptación del modelo en zonas con población dispersa, rural y urbana.

Unificación de los recursos de financiación del SGSSS

Para lograr un adecuado flujo y control de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, se quiere crear una Unidad de Gestión del nivel descentralizado del orden nacional.

La Unidad de Gestión será de naturaleza especial, que hará parte del SGSSS, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y un patrimonio independiente.

Esta Unidad administrará los recursos del FOSYGA y el FOSAET, que financien el aseguramiento en salud y los copagos por concepto de prestaciones no POS del Régimen Contributivo.

La Unidad de Gestión no podrá recaudar, afiliar, asegurar, ni ejercer funciones que desempeñen las EPS. Los recursos podrán administrase directa o indirectamente por la Unidad, excepto los recursos de propiedad de las Entidades Territoriales.

Esos recursos se giraran prioritariamente a las prestadoras de salud o al proveedor de tecnologías de salud.

Su patrimonio estará conformado con aportes del Presupuesto General de la Nación asignados al Ministerio de Salud y Protección Social.

En el artículo 63 del Plan de Desarrollo se establece qué recursos recaudará y administrará la Unidad de Gestión.

Negociación de medicamentos, insumos y dispositivos  

El artículo 67 del Plan de Desarrollo modifica el artículo 88 de la Ley 1438 de 2011.

El Ministerio de Salud y Protección Social será quien establezca los mecanismos para la negociación en el precio de los medicamentos, insumos y dispositivos.

Los proveedores y compradores de medicamentos, insumos y dispositivos de servicio de salud no podrán tasar por encima de los precios de referencia.

Proceso de administración y liquidación de las ESE

Con el fin de estabilizar y/o sanear las Empresas Sociales del Estado que están en proceso de intervención para la administración por parte de la Superintendencia de Salud.

Para la liquidación de las ESE se podrán usar recursos del FOSAET, para la financiación de los programas de saneamiento fiscal y financiero de las ESE categorizadas en riesgo medio o alto.

La entidad territorial deberá acreditar la disposición de recursos suficientes para financiar los subsidios para la garantía del aseguramiento a su cargo. 

Documentos adjuntos

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