Ley crea el Programa de Tamizaje Neonatal

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El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que crea el Programa de Tamizaje Neonatal en Colombia, que busca que en las 72 horas siguientes al nacimiento, a los neonatos se les realice  exámenes de sangre con el fin de tener una detección temprana  de ceguera y sordera congénita.

Además con esa muestra también se busca detectar tempranamente los errores congénitos del metabolismo y enfermedades que puedan deteriorar la calidad de vida de las personas y otras alteraciones congénitas objeto de tamizaje, que generan enfermedades cuyo diagnóstico temprano permite: su curación o evitar su progresión, secuelas y discapacidad o modificar la calidad o expectativa de vida.

El proyecto que pasa a sanción presidencial, le ordena al Ministerio de Salud y Protección Social que dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de manera progresiva, obligatoria y gratuita a todo recién nacido vivo, se le realice un tamizaje neonatal ampliado, auditivo y visual enmarcado dentro de los lineamientos de salud pública y del modelo de prestación en redes integrales de atención en salud, el cual el gobierno deberá reglamentar.

El Ministerio será el encargado de crear el Programa de Tamizaje Neonatal en todo el territorio nacional. Por su parte, el Instituto Nacional de Salud actuará como Centro Nacional Coordinador del Tamizaje Neonatal, a través de la Dirección de Redes, dando los lineamientos técnicos para la toma de la muestra, transporte, almacenamiento, procesamiento, entrega de información y disposición de la misma.

El Tamizaje neonatal será incluido dentro del Plan de Beneficios, por los cual el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dispondrán los recursos requeridos para la implementación del programa a nivel nacional como una estrategia de Salud Pública.

Además de la  garantizar la gratuidad del programa, el Gobierno Nacional debe dar recursos para que el INS pueda adelantar la evaluación del desempeño de los laboratorios de la red de tamizaje neonatal. Así mismo, fortalecerá la red de laboratorios existentes en el Instituto Nacional de Salud para que pueda prestar este servicio inicialmente; y definirá el plan de ampliación de la red de laboratorios a nivel nacional para dar cobertura adecuada al programa.

Los laboratorios inscritos ante el Registro Único de Laboratorios (RUL) que defina el Ministerio de Salud y Protección Social, sometidos a los programas de evaluación de desempeño del Instituto Nacional de Salud, para realizar Pruebas de tamizaje Neonatal y cuyas pruebas estén acreditadas ante la ONAC. En todo caso los laboratorios que realicen procesamiento de muestras para el tamizaje neonatal, deberán estar habilitados en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad.

En Colombia según estimaciones del Instituto Nacional de Salud (INS), debe haber unas 3.8 millones de personas afectadas con este tipo de enfermedades y la incidencia es de 1/3000 recién nacidos vivos. Según el mismo Instituto durante el 2015 se han presentado 3.360 casos de muertes perinatales y neonatales, esto es, 168 bebés a la semana.

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