Juez ordena traslado de afiliados de Saludvida a otras EPS

El juzgado primero administrativo de Manizales y el Juez Carlos Mario Arango Hoyos, ordenó al Ministerio de Salud y a la Supersalud trasladar a todos los usuarios de la EPS Saludvida en un plazo máximo de 48 horas a otras EPS.
formulan pliego de cargos al representante legal de Saludvida EPS
[favorite_button]
Comentar

El juzgado primero administrativo de Manizales y el Juez Carlos Mario Arango Hoyos, ordenó al Ministerio de Salud y a la Supersalud trasladar a todos los usuarios de la EPS Saludvida en un plazo máximo de 48 horas a otras EPS.

Por una acción de tutela

Este fallo se presenta en el marco del acatamiento de una acción de tutela (N° 389) presentada por Fabio Soto y Diego Morales, dos adultos mayores de 69 y 65 años respectivamente, quienes alegaban que su derecho a la salud estaba siendo vulnerado por Saludvida EPS, al negarse a prestar los servicios médicos pese a sus enfermedades crónicas, solicitando además ser desafiliados de la EPS y afiliados a otra oportunamente para garantizar su derecho. 

En ambos casos se estableció que la EPS debe autorizar los servicios que en adelante requieran los accionantes, es decir el tratamiento integral para el manejo de las patologías que padecen y que sean considerados necesarios por los médicos tratantes.

El juzgado ordena además que durante el traslado se deben tomar medidas con el fin de garantizar el acceso a la salud a todos los usuarios y afiliados de esta EPS.

¿QUÉ DICE EL FALLO?

Pero, este fallo no solo ordenó la atención integral en salud de estos dos usuarios, sino que se extendió al resto de los afiliados de Saludvida, considerando que el juez puede  beneficiar a otras personas, más allá de las partes del proceso para prevenir la violación de los derechos.

Por lo tanto en segunda instancia, el juez ordenó lo siguiente: SE ORDENA al MINISTERIO DE SALUD y DE LA PROTECCIÓN SOCIAL y la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD ya SALUDVIDA EPS, a que, si aún no lo han hecho, y dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas continuas, corridas e ininterrumpidas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, adelantar las gestiones administrativas correspondientes que en el ámbito de sus competencias les corresponde, con el fin de trasladar a los señores SOTO ROJAS y MORALES GRAJALES a otras EPS, pero dando cumplimiento también a los trámites, términos y procedimientos dispuestos normativamente para el traslado de afiliados del sistema de seguridad social en salud A LOS DEMÁS AFILIADOS A LA EPS SALUDVIDA para que le sean prestados los servicios requeridos.

También puede leer: Proyecto de ley pretende mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Preinscríbete y recibe información ampliada
XIX Congreso Nacional de Salud

* Todos los campos son requeridos

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda

¡Gracias por su información!

El formulario ha sido enviado exitosamente, por favor verifique su bandeja de correo electrónico, enviaremos información ampliada sobre el XIX Congreso Nacional de Salud.

Pronto uno de nuestros asesores te contactará.