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El presente manual regula el tratamiento de la información personal recolectada y administrada por cualquiera de las divisiones de CONSULTORSALUD S.A.S. Su elaboración responde al cumplimiento de las obligaciones previstas en el Decreto 1377 de 2013 y con él se busca garantizar el derecho fundamental de habeas data y todos aquellos regulados mediante la Ley 1581 de 2012.
El manual documenta y recoge los cambios organizacionales que se han adoptado para plasmar los procedimientos estandarizados de recolección, custodia y tratamiento de los datos personales.
ARTICULO 1. -MARCO LEGAL. – Este manual se ha elaborado en desarrollo de las disposiciones contenidas en los artículos 15 y 20 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 1581 de 2012 “Ley de Protección de Datos Personales (Habeas Data) y el Decreto 1377 del 27 de junio de 2013 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Sus disposiciones deben entenderse en armonía con estas normas e interpretarse en forma sistemática con ellas.
ARTICULO 2. -APLICACIÓN. – El presente manual se aplicará única y exclusivamente al tratamiento de los datos de carácter personal que posea y/o que sean recogidos por CONSULTORSALUD S.A.S y sus empresas vinculadas. con ocasión del cumplimiento de su objeto social o con respecto a la base de datos compiladas por asistencia y participación en el congreso nacional de salud.
ARTICULO 3. -PERMANENCIA-. Las políticas y procedimientos consignados en este manual aplican a las bases de datos que posee actualmente y a aquellas que hacia el futuro conforme o recopile CONSULTORSALUD S.A.S. con ocasión del cumplimiento de su objeto social o con respecto al base de datos compiladas por asistencia y participación en el congreso nacional de salud.
CONSULTORSALUD S.A.S conservara indefinidamente los registros de todos los sus participantes con el fin de mantener contacto con los mismos. Se eliminarán los datos del fichero a petición del titular de la respectiva información.
ARTICULO 4. -OBJETO. – El objeto de la creación del presente manual es el de dar entero cumplimiento a lo preceptuado en el literal k) del artículo 17 de la Ley 1581 de 2012 que hace referencia a la adopción de un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar la adecuada atención de reclamos y el adecuado tratamiento de la información.
Las disposiciones del Manual, aplican en lo pertinente a cualquier labor de recolección de información personal desarrollada por CONSULTORSALUD S.A.S independientemente del fin que persiga dicha recopilación.
ARTICULO 5. -DEFINICIONES. -:
Autorización:Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales;
BasedeDatos:Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento
Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables;
Datos sensibles: Aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.
Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
Dato público: Es el dato que no sea semi-privado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público
Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;
Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento;
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
Transmisión:Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.
ARTICULO 6, -PRINCIPIOS. – Los principios que a continuación se mencionan regulan el tratamiento de la información desarrollada por CONSULTORSALUD S.A.S, puntualmente frente al almacenamiento, uso y tratamiento de datos personales:
ARTICULO 7. -AUTORIZACIÓN. – En concordancia con lo previsto en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, el uso, la recolección y el almacenamiento de datos personales por parte de CONSULTORSALUD S.A.S debe contar con una autorización donde se manifieste el consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento de sus datos personales.
Frente a los datos recolectados antes del 27 de junio de 2013 CONSULTORSALUD S.A.S ha optado por usar el mecanismo previsto en el artículo 10 del decreto reglamentario 1377 de 2013.
CONSULTORSALUD S.A.S no recolectará, almacenará ni tratará datos personales pertenecientes a menores de edad.
ARTICULO 8. -PRUEBA DE LA AUTORIZACIÓN. – CONSULTORSALUD S.A.S pondrá en Funcionamiento todos los mecanismos idóneos con el fin de permitir a los titulares otorgar su autorización para el tratamiento de datos personales.
ARTICULO 9. –RETIRO DE LA AUTORIZACIÓN Y SALIDA BASE DE DATOS. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1377 de 2013, reglamentario de la Ley 1581 de 2012, sobre protección de datos personales, Si el usuario no está de acuerdo y desea que no intercambiemos información por este medio, solamente tiene que hacer clic enviar un comunicado al correo [email protected] y diligenciar el formulario que se le enviara a vuelta de correo con el asunto retiro de base de datos o revocación de autorización.
ARTICULO 10. -DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN. – El titular de la información recopilada por CONSULTORSALUD S.A.S tendrá los siguientes derechos:
ARTICULO 11. -DEBERES DE CONSULTORSALUD S.A.S.- En su condición de responsable de la información CONSULTORSALUD S.A.S es consciente de la importancia de observar las políticas y protocolos tendientes a proteger los datos personales de los titulares, toda vez que los mismos son propiedad de las personas a las que se refieren y que solo ellas mismas pueden decidir sobre el uso que se va a dar a dichos datos. CONSULTORSALUD S.A.S solo hará uso de los datos personales para las finalidades expresadas por el titular, en respeto de la ley 1581 de 2012 que versa sobre la protección de datos personales puntualmente a lo mencionado en el artículo 17. Por tanto, CONSULTORSALUD S.A.S se compromete a cumplir a cabalidad y de forma permanente con los preceptos que a continuación se mencionan.
ARTICULO 12. -OBJETIVO. – -. Considerando que los titulares de la información les asiste el derecho de hacer reclamaciones acerca su información personal que reposa en las bases de datos de CONSULTORSALUD S.A.S, para ello se ha diseñado e implementado el procedimiento que a continuación se describe en dos frentes tales como el de reclamaciones acerca de consultas personales, solicitudes de autorización de la información y uso de los datos y como segundo frente el de atención a solicitud de corrección, autorización o supresión de datos.
El presente manual regula el tratamiento de la información personal recolectada y administrada por cualquiera de las divisiones de CONSULTORSALUD S.A.S. Su elaboración responde al cumplimiento de las obligaciones previstas en el Decreto 1377 de 2013 y con él se busca garantizar el derecho fundamental de habeas data y todos aquellos regulados mediante la Ley 1581 de 2012.
El manual documenta y recoge los cambios organizacionales que se han adoptado para plasmar los procedimientos estandarizados de recolección, custodia y tratamiento de los datos personales.
ARTICULO 1. -MARCO LEGAL. – Este manual se ha elaborado en desarrollo de las disposiciones contenidas en los artículos 15 y 20 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 1581 de 2012 “Ley de Protección de Datos Personales (Habeas Data) y el Decreto 1377 del 27 de junio de 2013 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Sus disposiciones deben entenderse en armonía con estas normas e interpretarse en forma sistemática con ellas.
ARTICULO 2. -APLICACIÓN. – El presente manual se aplicará única y exclusivamente al tratamiento de los datos de carácter personal que posea y/o que sean recogidos por CONSULTORSALUD S.A.S y sus empresas vinculadas. con ocasión del cumplimiento de su objeto social o con respecto a la base de datos compiladas por asistencia y participación en el congreso nacional de salud.
ARTICULO 3. -PERMANENCIA-. Las políticas y procedimientos consignados en este manual aplican a las bases de datos que posee actualmente y a aquellas que hacia el futuro conforme o recopile CONSULTORSALUD S.A.S. con ocasión del cumplimiento de su objeto social o con respecto al base de datos compiladas por asistencia y participación en el congreso nacional de salud.
CONSULTORSALUD S.A.S conservara indefinidamente los registros de todos los sus participantes con el fin de mantener contacto con los mismos. Se eliminarán los datos del fichero a petición del titular de la respectiva información.
ARTICULO 4. -OBJETO. – El objeto de la creación del presente manual es el de dar entero cumplimiento a lo preceptuado en el literal k) del artículo 17 de la Ley 1581 de 2012 que hace referencia a la adopción de un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar la adecuada atención de reclamos y el adecuado tratamiento de la información.
Las disposiciones del Manual, aplican en lo pertinente a cualquier labor de recolección de información personal desarrollada por CONSULTORSALUD S.A.S independientemente del fin que persiga dicha recopilación.
ARTICULO 5. -DEFINICIONES. -:
Autorización:Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales;
BasedeDatos:Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento
Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables;
Datos sensibles: Aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.
Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
Dato público: Es el dato que no sea semi-privado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público
Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;
Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento;
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
Transmisión:Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.
ARTICULO 6, -PRINCIPIOS. – Los principios que a continuación se mencionan regulan el tratamiento de la información desarrollada por CONSULTORSALUD S.A.S, puntualmente frente al almacenamiento, uso y tratamiento de datos personales:
ARTICULO 7. -AUTORIZACIÓN. – En concordancia con lo previsto en la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, el uso, la recolección y el almacenamiento de datos personales por parte de CONSULTORSALUD S.A.S debe contar con una autorización donde se manifieste el consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento de sus datos personales.
Frente a los datos recolectados antes del 27 de junio de 2013 CONSULTORSALUD S.A.S ha optado por usar el mecanismo previsto en el artículo 10 del decreto reglamentario 1377 de 2013.
CONSULTORSALUD S.A.S no recolectará, almacenará ni tratará datos personales pertenecientes a menores de edad.
ARTICULO 8. -PRUEBA DE LA AUTORIZACIÓN. – CONSULTORSALUD S.A.S pondrá en Funcionamiento todos los mecanismos idóneos con el fin de permitir a los titulares otorgar su autorización para el tratamiento de datos personales.
ARTICULO 9. –RETIRO DE LA AUTORIZACIÓN Y SALIDA BASE DE DATOS. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1377 de 2013, reglamentario de la Ley 1581 de 2012, sobre protección de datos personales, Si el usuario no está de acuerdo y desea que no intercambiemos información por este medio, solamente tiene que hacer clic enviar un comunicado al correo [email protected] y diligenciar el formulario que se le enviara a vuelta de correo con el asunto retiro de base de datos o revocación de autorización.
ARTICULO 10. -DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN. – El titular de la información recopilada por CONSULTORSALUD S.A.S tendrá los siguientes derechos:
ARTICULO 11. -DEBERES DE CONSULTORSALUD S.A.S.- En su condición de responsable de la información CONSULTORSALUD S.A.S es consciente de la importancia de observar las políticas y protocolos tendientes a proteger los datos personales de los titulares, toda vez que los mismos son propiedad de las personas a las que se refieren y que solo ellas mismas pueden decidir sobre el uso que se va a dar a dichos datos. CONSULTORSALUD S.A.S solo hará uso de los datos personales para las finalidades expresadas por el titular, en respeto de la ley 1581 de 2012 que versa sobre la protección de datos personales puntualmente a lo mencionado en el artículo 17. Por tanto, CONSULTORSALUD S.A.S se compromete a cumplir a cabalidad y de forma permanente con los preceptos que a continuación se mencionan.
ARTICULO 12. -OBJETIVO. – -. Considerando que los titulares de la información les asiste el derecho de hacer reclamaciones acerca su información personal que reposa en las bases de datos de CONSULTORSALUD S.A.S, para ello se ha diseñado e implementado el procedimiento que a continuación se describe en dos frentes tales como el de reclamaciones acerca de consultas personales, solicitudes de autorización de la información y uso de los datos y como segundo frente el de atención a solicitud de corrección, autorización o supresión de datos.