Incremento de los contratos entre EPS e IPS en 2021

Estos son los ajustes que deberán aplicar las Empresas Promotoras de Salud este 2021
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El gobierno nacional -a través del Ministerio de Salud y Protección Social- presentó la proyección del incremento resultante de la UPC (Unidad de Pago por Capitación) definida para este 2021, ajustada para cada EPS y EOC, acommpañada por la estructura de los incrementos y de los servicios y tecnologías en salud que ya se prestan en la Circular 53 de 2020.

El ajuste al valor de la UPC se hizo bajo los lineamientos de la Resolución 2503 de diciembre de 2020. En el mismo documento normativo, se realizaron las proyecciones del incremento procentual -mediante operaciones contentivas-. Las proyecciones están ajustadas para cada Entidad Promotora de Salud y por Entidad Obligada a Compensar.

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Estos son los incrementos entre EPS e IPS vigentes

De acuerdo con la Circular 53 de 2020, los incrementos aprobados están en vigencia desde el 1 de enero y se mantendrán así hasta el final del año. Se debe tener en cuenta que el aumento del valor de la UPC se calcula teniendo en cuenta la inflación esperada, los grupos de riesgo de edad, sexo y zona geográfica. Según cálculos del gobierno nacional, la inflación esperada es del 2,4% para el 2021.

  • El régimen contributivo tendrá un incremento de UPC del 5,18%: el porcentaje de este aumento que se destina a mantener y recuperar el valor adquisitivo de la UPC es del 3,14%. Este último corresponde a los servicios y tecnologías en salud. El restante 2,04% se refiere a la actualización integral.
  • Al régimen subsidiado se fijó un incremento del 5,18%: de acuerdo con la normativa vigente, se aplican los mismos porcentajes, en las mismas áreas quefueron presentadas en el régimen contributivo. Es decir: 3,14% del incremento equivale a los servicios y tecnologías en salud, mientras que el 2,04% sobrante a la actualización integral.

En caso tal de que no se llegue a un acuerdo sobre el incremento de los contratos entre EPS e IPS, independientemente de la modalidad de contratación, se aplicarán los porcentajes descritos bajo lo estipulado en el Decreto 780 de 2016.

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Algunas de las EPS a las que ya aplica el aumento:

Estas son 10 de las EPS del régimen contributivo, incluyendo los códigos de movilidad, para las que ya aplican estos valores.

NOMBRESERVICIOS ACTUALIZACIÓNTOTAL
EPM3,14%2,04%5,18%
Ferrocarriles3,14%2,04%5,18%
Aliansalud3,14%2,04%5,18%
Salud Total3,14%2,04%5,18%
Sanitas3,14%2,04%5,18%
Compensar3,14%2,04%5,18%
Sura3,14%2,04%5,18%
Comfenalco Valle3,14%2,04%5,18%
Coomeva3,14%2,04%5,18%
Famisanar 3,14%2,04%5,18%

Si se habla del régimen subsidiado, estas son las primeras 10 EPS presentadas en el listado del Ministerio de Salud. Allí, además se incluyen a Ambuq, Asmet Salud, Mutual Ser, entre otras.

NOMBRESERVICIOSACTUALIZACIÓNTOTAL
Convida3,14%2,04%5,18%
Capresoca3,14%2,04%5,18%
SaviaSalud3,14%2,04%5,18%
Nueva EPS3,14%2,04%5,18%
Medimás3,14%2,04%5,18%
Capital Salud3,14%2,04%5,18%
Comfamiliar Guajira3,14%2,04%5,18%
Comfamiliar Huila3,14%2,04%5,18%
Comfamiliar Nariño3,14%2,04%5,18%
Comfamiliar Sucre3,14%2,04%5,18%

Para conocer el listado completo de EPS a las que aplica esta medida y otras disposiciones del Ministerio de Salud, descargue la Circular 53 de 2020 aquí:

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