En Colombia, los procesos de control, inspección y aprobación constituyen una función sanitaria esencial, asociada a la responsabilidad estatal y ciudadana de proteger la salud individual y colectiva, por ello, mediante un Proyecto de Resolución, el Ministerio de Salud y Protección Social actualizó y estableció los límites para los criterios microbiológicos que deben cumplir los alimentos y bebidas destinados para consumo humano.
El proyecto se encuentra orientado a la eliminación o minimización de riesgos, daños e impactos negativos a la salud humana por el consumo de bienes, dentro de los que se encuentran los alimentos.
Campo de aplicación
- Las disposiciones contenidas en la presente resolución se aplican en todo el territorio nacional a:
- Los alimentos y bebidas nacionales o importadas, que sean destinados al consumo humano.
- Las personas naturales o jurídicas dedicadas a la fabricación, importación, envasado, transporte y comercialización de alimentos y bebidas destinadas al consumo humano.
- Las actividades de inspección, vigilancia y control que ejerzan las autoridades sanitarias en los establecimientos donde se fabriquen, procesos, empaquen, transporten, importen y comercialicen alimentos y bebidas destinadas para el consumo humano en el territorio nacional.
Cumplimiento de los criterios microbiológicos
El sector de alimentos y bebidas deberá utilizar los criterios microbiológicos con el fin de verificar la calidad e inocuidad, y con el propósito de implementar, desarrollar y mantener la seguridad sanitaria de los alimentos y bebidas.
Medidas Sanitarias de Seguridad, procedimientos y sanciones
Finalmente, el proyecto contempla que el incumplimiento del proyecto de resolución dará lugar a la aplicación de las medidas sanitarias de seguridad contenidas en la Ley 9 de 1979, y aplicará las sanciones siguiendo el procedimiento contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA.