Giro Directo a Prestadores

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Resolucion 4182

 
Modifica la resolución 2320 de 2011.
El Ministerio publicará cada mes dentro de los primeros diez (10) días, el listado de IPS que registraron sus cuentas y están habilitadas para el giro directo.
Sobre el listado anterior las EPS y a más tardar el día 15 hábil de cada mes, le informaran al Ministerio el valor a girar el mes siguiente a cada una de esas IPS que tengan en su red (excepto septiembre que se hará hasta el día 26).
La Resolución define las siete reglas para el giro directo a los prestadores.
CONSULTORSALUD lo invita a descargar el Documento en el siguiente Link.
 

 
Resolución 4182 de 2011 – Reporte de EPS para el giro directo a IPS
 

 

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