Supersalud emite lineamientos para garantizar el flujo de recursos al sistema de salud

La Supersalud emitió los lineamientos para vigilar que las EPS e IPS del país garanticen el flujo de los recursos dando prioridad al personal de la salud.
Supersalud emite lineamientos para garantizar el flujo de recursos a EPS
[favorite_button]
Comentar

La Superintendencia Nacional de Salud estableció una serie de instrucciones para vigilar que las EPS e IPS del país garanticen el flujo de recursos, cumplan los compromisos de pago dando prioridad al personal de la salud y refuercen los mecanismos de control que garanticen el buen uso de los recursos del Sistema.

En este sentido se emitió la circular externa 014 donde se establece que máximo hasta el próximo 20 de julio del 2020 las IPS y las empresas de transporte especial de pacientes, deben reportar la información contable y facturación radicada en los últimos meses.

También puede leer: Situación del Covid-19 en la capital y su impacto en el sector empresarial

Adicionalmente, la entidad emitió una serie de acciones en las que las IPS y EPS no deben incurrir para no afectar el flujo de recursos:

  • Restricción injustificada a la radicación de la facturación por prestación de servicios y tecnologías en salud, bajo lo convenido en los acuerdos de voluntades y en los tiempo establecidos por la normativa vigente.
  • Negación a la radicación de facturación de aquellos prestadores con quienes no existan acuerdos de voluntades pero que hayan prestado atención inicial de urgencias o hayan sido autorizados para prestar servicios adicionales a dicha atención, siempre que la facturación se radique en los horarios de atención establecidos por la EPS y de acuerdo con los términos fijados en la normativa vigente.
  • Devolución o glosa injustificada o automática de la facturación individual o general. Así como la notificación de glosas de forma extemporánea o formulación de nuevas glosas a una factura, salvo las que surjan de hechos nuevos detectados en la respuesta dada a la glosa inicial, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente
  • No actualización oportuna y permanente de la información contable, entre otros las cuentas por pagar y cobrar de acuerdo con los soportes correspondientes
  • No legalización o liquidación oportuna de los acuerdos de voluntades.
  • No seguimiento a la legalización de anticipos por parte de sus prestadores, ni seguimiento a los giros que se realizan directamente desde la ADRES por los conceptos pertinentes de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
  • Falta de nota técnica para la negociación de acuerdos de voluntades con instituciones prestadoras de servicios de salud y proveedores de servicios y tecnologías en salud.
  • No actualización de tarifas en la renovación de acuerdos de voluntades.
  • No radicación oportuna y con calidad de la facturación generada a las Entidades Responsables de Pago, de acuerdo con lo establecido en la relación contractual y/o normativa vigente.
  • No legalización o liquidación oportuna de los acuerdos de voluntades.
  • No legalización de anticipos, que han sido girados desde cualquier fuente incluyendo los de tesorería, o de la ADRES por conceptos establecidos en la normativa vigente.
  • Negación o dilación de los procesos de conciliación de cartera y glosas con las Entidades Responsables de Pago.

En consecuencia las entidades deben fortalecer sus sistemas de gestión de riesgos e implementar los controles requeridos, con la finalidad de no incurrir en este tipo de prácticas.

También puede leer: Lineamientos para el uso de los excedentes de cuentas maestras

Cumplimiento en el flujo de recursos

Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS públicas, privadas y mixtas, deben dar cumplimiento a los compromisos pactados con sus proveedores de servicios; priorizando el pago de las obligaciones con el talento humano (deudas laborales y de honorarios), con los recursos recaudados producto de la gestión de cartera realizada.

Así mismo,estas entidades, deben tener a disposición de la Supersalud de manera detallada los soportes de cada uno de los pagos efectuados y los soportes de la relación contractual de que se trate, así como de los controles aplicados a los procesos y procedimientos para evitar los riesgos relacionados con el flujo de recursos, para cuando esta los requiera.

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Preinscríbete y recibe información ampliada
XIX Congreso Nacional de Salud

* Todos los campos son requeridos

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda

¡Gracias por su información!

El formulario ha sido enviado exitosamente, por favor verifique su bandeja de correo electrónico, enviaremos información ampliada sobre el XIX Congreso Nacional de Salud.

Pronto uno de nuestros asesores te contactará.