Fallo de tutela ordena a las ARL y a Minsalud entregar elementos de protección

Un fallo de tutela ordena a las ARL y al Ministerio de Salud a entregar en un plazo de 24 horas los elementos de protección a los profesionales de la salud.
Fallo de tutela ordena a las ARL y a Minsalud entregar elementos de protección
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Con un fallo de tutela impuesto por algunos profesionales de la salud, el Juzgado Primero de Familia en Oralidad de la capital, protegió los derechos fundamentales a la salud, la vida y el trabajo digno, de estos profesionales, ordenando a las Administradoras de Riesgos Laborales y al Ministerio de Salud entregar los elementos de protección personal -EPP-al personal de salud de manera integral, permanente y constante.

“Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social como las ARL Axa, ARL Colpatria, ARL Colmena, ARL Liberty, ARL Equidad, ARL Sura, ARL Positiva, que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de este asunto, procedan a garantizar junto con los empleadores, de manera integral el suministro de elementos de protección personal Recomendaciones de EPP para personal de salud según el área de atención para COVID-19. ConsensoIETS-ACIN, de manera permanente y constante hasta el momento en que Colombia supere el COVID 19, otorgando el efecto Inter Comunis para que sea aplicable a todo el grupo de personas pertenecientes al personal de la salud que laboran en clínicas y hospitales del territorio nacional, previo el reporte de los empleadores, de la cantidad de trabajadores en cada clínica y hospital del territorio nacional”

Esta acción de tutela fue además apoyada por el vicepresidente del Concejo de Bogotá, Luis Carlos Leal Angarita, el presidente del Colegio Médico Colombiano, Roberto Baquero, y el decano de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Colombia, José Ricardo Navarro Vargas quienes consideraban que los derechos de los profesionales de la salud estaban siendo vulnerados, debido a que varias ARL no han entregado los elementos de protección o los han entregado incompletos.

Adicionalmente, el fallo resalta que: “Las medidas de carácter administrativo adoptadas por el Gobierno Nacional y otras autoridades en ejercicio de sus facultades ordinarias, se han revelado insuficientes para conjurar la crisis que atraviesa el sector salud en razón del COVID-19, lo cual amenaza con perturbar grave e inminentementeel orden social”

Finalmente, el Juzgado determino que el Ministerio de Salud y las ARL deben asumir la reclamación de los acciones al ser las entidades responsables de suministrar todos los elementos de protección a los trabajadores del sector salud, pero de manera conjunta con los empleadores tal y como se estableció por el Gobierno Nacional

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