Este será el reconocimiento a los prestadores que apoyen el proceso de vacunación

El Ministerio publicó un proyecto de resolución donde se establecen el valor que se le reconocerá a los prestadores por apoyar el proceso de vacunación contra el Covid-19.
Reconocimiento a los prestadores que apoyen el proceso de vacunación
[favorite_button]
Comentar

El Ministerio de Salud publicó un documento con el que busca establecer la metodología y los valores que se les reconocerá a los prestadores, entidades responsables del aseguramiento y entidades territoriales, por el agendamiento, aplicación, verificación, apoyo y validación que deba adelantarse por vacuna aplicada contra el COVID-19, respecto a la población no afiliada que tengan cargo.

Es preciso mencionar, que los recursos para la financiación del agendamiento, la aplicación, verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19, serán los previstos por el Fondo de Mitigación de Emergencias- FOME al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -FNGRD.

Los valores fijados por dosis aplicada comprenden:

  • El costo estimado por el agendamiento y aplicación de la vacuna contra el COVID-19 que se reconocerá a los prestadores de servicios de salud
  • El costo estimado por el proceso de verificación y apoyo a los prestadores y validación por vacuna aplicada, que se reconocerá a las EPS de ambos regímenes y entidades territoriales respecto a la población no afiliada que tengan a cargo, los administradores de los regímenes especiales y de excepción en salud y el Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad.

El valor unitario a reconocer a los prestadores de servicios de salud, corresponde al señalado por agendamiento y aplicación de la vacuna según región y estrategia utilizada. Por su parte, el valor unitario de reconocimiento a las aseguradoras y quienes hagan sus veces, corresponde a la gestión para la verificación, apoyo y validación, y es independiente a la región y estrategia utilizada, conforme se detalla en la siguiente tabla.

También puede leer:10 preguntas sobre el traslado de usuarios de la EPS Ambuq

reconocimiento vacunacion

Forma de pago por agendamiento y aplicación de la vacuna

Al prestador de servicios de salud le será reconocido como anticipo el 50% del valor resultante de multiplicar el número de vacunas que constituya la meta de vacunación al inicio de cada etapa, por el valor señalado en la tabla por concepto del agendamiento y aplicación de la dosis, de acuerdo a la estrategia de vacunación y a la región. El pago restante, una vez se complete el esquema de vacunación y se realice la validación de cada dosis.

Los prestadores de servicios de salud que no cumplan con la meta de vacunación que le fue asignada en los tiempos establecidos, deberán reembolsar el valor del anticipo al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – FNGRD en y será objeto del retiro del Plan de Vacunación y de las sanciones a las que haya lugar por parte de los órganos de control.

También puede leer: Colegio médico da su postura frente al Dióxido de Cloro

Procedimiento para el reconocimiento y pago de los costos

Para efectos del reconocimiento y pago de los costos asociados al agendamiento y aplicación de las vacunas contra el COVID-19, junto con los costos asociados a su verificación, apoyo y validación, se realizará el siguiente procedimiento: (para los prestadores)

  • El Ministerio de Salud y Protección Social, entregará el listado de las personas a vacunar en cada etapa a las entidades responsables del aseguramiento en salud
  • Las entidades responsables del aseguramiento en salud y las que hagan sus veces identifica el prestador de servicios que agendará y aplicará la vacuna conforme el listado suministrado por el Ministerio de Salud en consideración al municipio y lugar de residencia o el lugar de trabajo del beneficiario de la vacuna.
  • Las entidades responsables del aseguramiento deberán reportar al Ministerio de Salud el cálculo del anticipo por IPS a solicitar ante el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
  • El pago del anticipo del 50% se realizará conforme el número de vacunas que constituya la meta de vacunación, según el listado asignado a cada prestador por las entidades responsables del aseguramiento y las que hagan sus veces, de manera que para efectos de solicitar el giro directo de los anticipos para las instituciones prestadoras de servicios de salud encargadas del agendamiento y aplicación de las vacunas, en los términos dispuestos en el artículo 24 del Decreto 109 de 2021 y el artículo 5 de este acto administrativo, las entidades responsables del aseguramiento en salud o quienes hagan sus veces, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la entrega del listado a cada prestador.
  • El ordenador del gasto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD), suscribirá la Solicitud de Desembolso del anticipo a las instituciones encargadas de prestar el servicio de vacunación, conforme la documentación enviada por las entidades responsables del aseguramiento en salud.
  • El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD), deberá enviar un informe sobre los giros del anticipo realizados a las instituciones encargadas de prestar el servicio de vacunación, a través del aplicativo MI VACUNA.

Documento adjunto

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda