Mintrabajo definió estándares mínimos para las juntas de calificación de invalidez

El Ministerio del Trabajo expidió las Resoluciones 2050 y 2051 de 2022 con directrices ajustadas para las juntas de calificacion de invalidez
Mintrabajo definió estándares mínimos para las Juntas de calificación de invalidez
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El Ministerio de Trabajo expidió recientemente la Resolución 2051 de 2022 en la que define los estándares mínimos para las juntas de calificación de invalidez, entidades del Sistema de Riesgos Laborales. Las directrices aplicarán tanto para la Junta Nacional de Calificación de Invalidez y las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez.

De acuerdo con la resolución, los estándares deberán ser entendidos por los distintos actores como el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento que permiten establecer, registrar, verificar las condiciones básicas de la capacidad operativa, tecnológica y científica; de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico-administrativa necesarias para el desarrollo de actividades de ambos organismos.

En ese sentido, las juntas de calificación de invalidez deberán cumplir a cabalidad con las siguientes condiciones, de acuerdo con las áreas mencionadas.

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Condiciones de capacidad operativa, tecnológica y científica: Son los requisitos básicos que garantizan que las Juntas de Calificación de Invalidez tengan la capacidad de cumplir con la atención de sus usuarios, una sede de fácil acceso, analizar las solicitudes de calificación  del origen de  los eventos de salud, dictaminar el grado de pérdida de la capacidad laboral y establecer la fecha de estructuración, lo cual implica la actualización continua de los integrantes que conforman la respectiva Junta en áreas del conocimiento afin con el objeto de  sus funciones y  contar con directorio de los profesionales o entidades inscritas como interconsultores.

Condiciones  de  capacidad  técnico-administrativa y recurso humano: Son los requisitos básicos de constitución legal, de organización  administrativa, personal y de sistema de Información que permiten demostrar la capacidad de las Juntas de Calificación de Invalidez para el correcto desempeño de funciones esenciales como el cumplimiento de términos, la satisfacción de los diferentes actores del Sistema General de Riesgos Laborales y la generación y reporte de información.

Condiciones de suficiencia patrimonial y financiera: Es el cumplimiento de las condiciones que garantizan niveles adecuados de suficiencia financiera y fortaleza patrimonial que permita a las Juntas de Calificación de Invalidez enfrentar las obligaciones propias de su ejercicio de manera oportuna. De acuerdo con lo anterior, nunca puede existir pérdida o saldo en rojo financiera y contablemente.

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Para la verificación del cumplimiento de estos requisitos, el Ministerio del Trabajo estableció que estos organismos deberán realizar la declaración de cumplimiento de estos estándares una vez al año. Por su parte, las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo, o quienes hagan sus veces, verificarán anualmente el cumplimiento de los estándares mínimos por parte de las Juntas de Calificación de Invalidez.

Adicionalmente, estas juntas deberán efectuar una autoevaluación de cumplimiento que tendrá que enviarse a partir del mes de noviembre del 2023, a la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo, con copia a la la Dirección de Riesgos Laborales. Si estos requisitos no se cumplen en su totalidad, la Junta de Calificación de Invalidez debe establecer un plan de mejoramiento con las acciones concretas por desarrollar, sus responsables, los recursos administrativos y financieros que se invertirán con este fin, el plazo establecido para cada actividad y los fundamentos respectivos.

El plan de mejora deberá ser enviado, a partir del mes de diciembre  del 2023, a la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo o a quien haga sus veces y copia a la Dirección de Riesgos Laborales.

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Cuando las Direcciones Territoriales o las Oficinas Especiales del Ministerio del Trabajo observen incumplimiento de las obligaciones, normas y requisitos  legales establecidos en los Estándares Mínimos de las Juntas de Calificación de Invalidez, podrán ordenar planes de mejoramiento, para que se lleven a cabo las acciones correctivas pertinentes.

Cabe anotar que, la Contraloría General de la República tendrá el control fiscal sobre los dineros que ingresen a las Juntas de Calificación de Invalidez por ser dineros de carácter público y la Procuraduría General de la Nación tendrá el control disciplinario sobre los integrantes de las Juntas de Calificación de Invalidez por ser particulares que ejercen funciones públicas.

Manuales operativos para las Juntas de Calificación de Invalidez

Para ofrecer un acompañamiento integral a los interesados, el Ministerio del Trabajo también expidió la Resolución 2050 de 2022, documento que complementa los mecanismos vigentes con directrices específicas en materia administrativa y operativa, garantizando la uniformidad en el desarrollo del proceso de calificación para proteger los principios de eficiencia, eficacia y oportunidad en las actuaciones que le han sido encomendadas a estas juntas.

El propósito de la resolución es que se adopte el “Manual de Procedimiento para las Juntas de Calificación de Invalidez”, para que estas entidades establezcan su reglamento interno, actualizaciones y reformas correspondientes. De acuerdo con el documento, las disposiciones tendrán como plazo máximo de implementación el 31 de julio de 2023, tiempo en el que el sistema de información utilizado debe haber sido optimizado para que sea compatible con las plataformas dispuestas del Ministerio del Trabajo para el almacenamiento de estos datos.

Si se presenta incumplimiento, se impondrán sanciones en forma particular a cada integrante de las Juntas de Calificación de Invalidez como multas de hasta cien (100) salarios mínimos legales vigentes, previo debido proceso.

CONSULTORSALUD pone a disposición de su audiencia los documentos de cada una de las resoluciones mencionadas en este artículo.

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