Esta sería la clasificación Única de Procedimientos en Salud -CUPS- para el 2021

EL Ministerio de Salud emitió el borrador del documento con la clasificación Única de Procedimientos en Salud -CUPS-.
Esta sería la clasificación CUPS para el 2021
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El Ministerio de Salud emitió el borrador de la resolución que establece la Clasificación Única de Procedimientos en Salud -CUPS- para el próximo año. En este documento se incluyen 7 anexos técnicos:

  • Anexo Técnico 1 “Manual de uso”
  • Anexo Técnico 2 “Lista tabular”
  • Anexo Técnico 3 “Códigos especiales para reporte población indígena”
  • Anexo Técnico 4 “Códigos para el reporte de otras prestaciones en salud”
  • Anexo Técnico 5 “Códigos para el reporte de información de intervenciones colectivas”
  • Anexo Técnico 6 “Códigos para el reporte de información de gestión en salud pública”
  • Anexo Técnico 7 “Códigos para el reporte de procedimientos e intervenciones sobre las condiciones y medio ambiente de trabajo”

Recordemos, que los CUPS son el ordenamiento lógico y detallado de los procedimientos en salud que se realizan en el país, en cumplimiento de los principios de interoperabilidad y estandarización de datos utilizando para tal efecto la identificación por un código y una descripción validada por los expertos del país, independientemente de la profesión o disciplina del sector salud que los realice, así como del ámbito de realización de los mismos.

También se establece que en caso de que los procedimientos en salud de la CUPS requieran el uso de dispositivos médicos, estos se considerarán inherentes al procedimiento que lo origina, lo que permite garantizar la prestación del servicio de salud que el médico o profesional tratante determine necesario, en desarrollo de su autonomía profesional.

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Obligatoriedad de la CUPS

Es preciso mencionar, que las EPS de ambos regímenes, las entidades adaptadas, las entidades que administran planes voluntarios de salud, las IPS, la ADRES, las compañías que expidan SOAT, las entidades de regímenes especiales y de excepción así como los organismos de dirección, vigilancia y control del Sistema deberán aplicar la Clasificación Única de Procedimientos en Salud -CUPS en todos los procesos del sector que, impliquen identificación y denominación de los procedimientos en salud, en todo el territorio Nacional.

Finalmente, la Superintendencia Nacional de Salud y las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o la entidad que haga sus veces, efectuarán la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones aquí previstas, sin perjuicio de las funciones de inspección, vigilancia y control, atribuidas a las demás autoridades competentes, de conformidad con las normas legales vigentes.

DOCUMENTO ADJUNTO

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