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Instrucciones SISPRO Y PISIS 2009

La Dirección  General de Planeación y Análisis de Política,  definió mediante  la Resolución 1021 de 2009 los instrumentos y la periodicidad de los informes para el manejo de los recursos de la subcuenta del régimen subsidiado de los fondos de salud de las entidades territoriales.

El  reporte deberá ser realizado por las entidades municipales  de forma bimensual y en los términos del anexo técnico de la mencionada resolución,  a través de la Plataforma de Integración del Ministerio de la Protección Social – PISIS.

En la aplicación de esta norma, usted deberá adelantar las siguientes actividades antes de poder enviar la información al Ministerio:

1.        El Registro del la entidad territorial en  el SISPRO

2.        La Solicitud del “Usuario” en el SISPRO

3.        Instalación del PISIS cliente en las entidades territoriales

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