Minsalud facilitará datos de enfermedades de alto costo a terceros para consulta

El Ministerio de Salud contará con acceso constante a las bases de datos y sistemas de información, gestionados por la CAC, sobre enfermedades de alto costo
Minsalud tendrá acceso permanente y directo a datos de enfermedades de alto costo
[favorite_button]
Comentar

El Ministerio de Salud publicó la Resolución 994 de 2022, en la que se establece el mecanismo de acceso permanente a los datos, reportes e información de las enfermedades de alto costo en el país. Hoy en día, la recopilación de información para este grupo de patologías la realiza la Cuenta de Alto Costo (CAC), constituida como organismo técnico gubernamental que opera como un fondo autogestionado para la cobertura de la población.

Cabe recordar que este organismo es el encargado de presentar los indicadores y las bases de datos de las enfermedades del alto costo al Ministerio de Salud, para su análisis y verificación, con el objetivo de materializar los mecanismos de ajuste establecidos para cada enfermedad de alto costo. Sin embargo, de acuerdo con la resolución, la información es insuficiente para la generación de indicadores en salud pública y para la realización de estudios de carácter científico y académico que permitan la generación de informes y la promoción del conocimiento.

También le puede interesar: Metodología del presupuesto máximo: ¿cuáles serían los cambios?

Ante esta situación, el Ministerio considera fundamental garantizar su acceso permanente y completo a los sistemas de gestión de información que guarda los datos de las enfermedades de alto costo. De esta manera, se facilitará el cálculo de indicadores y poblaciones, la toma de decisiones en salud pública sobre este ámbito y la generación de estrategias de atención integral en todas las etapas de las enfermedades de alto costo.

Con esto, también se busca disponer del acceso a la información y permitir consultas a terceros que “permita la elaboración de informes y publicaciones con fines históricos, estadísticos, académicos y científicos, preservando en todo los casos los derechos al habeas data y de reserva de la información clínica, haciéndose necesario en tal sentido conocer los procesos de calidad y de consistencia médica de los datos”.

No olvide leer: FCV, primera institución del país en recibir certificación EMRAM 7

¿Cuáles serán los usos específicos del acceso a los datos de las enfermedades de alto costo?

De acuerdo con la Resolución 994 de 2022, el Ministerio de Salud realizará procesos de validación y calidad de los datos e información reportados a la Cuenta de Alto Costo por parte de las EPS y las entidades adaptadas para la generación de información. Como actividades esenciales, el documento destaca las siguientes:

  • Anonimizar los datos para usos históricos, estadísticos o científicos y académicos.
  • Calcular los indicadores de salud pública y realizar los estudios que se requieran relacionados con las enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo en el país para la toma de decisiones en salud pública que permita generar estrategias de atención integral.
  • Permitir el acceso de terceros a la información anonimizada de las enfermedades de alto costo para usos históricos, académicos, estadísticos, científicos y de gestión del riesgo, a través de los medios establecidos por la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación – TIC.

La Cuenta de Alto Costo y el Ministerio de Salud y Protección Social publicarán de manera conjunta y coordinada los resultados de los indicadores de salud pública de los pacientes con enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo en el país.

Le puede interesar: Fabricantes e importadores de vitales no disponibles, a reportar existencias en el INVIMA

La Resolución 994 de 2022 adicionalmente presenta el proceso obligatorio para la CAC, referente a las garantías de acceso a los sistemas de información disponibles para las enfermedades de alto costo. En ese sentido, deberá:

  • Asignar a este Ministerio un usuario con facultades de Data Base Administrator (DBA) el cual, le garantice un acceso oportuno, completo y en forma permanente a las bases de datos de la información pre y post auditoria de las enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo en todos sus procesos de calidad y de verificación de consistencias médicas.
  • Permitir la visualización de la trazabilidad sobre los datos, asociados, conexos y complementarios, con el fin de poder identificar los ajustes realizados a la base de datos de las enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo.
  • Proporcionar al Ministerio de Salud y Protección Social la documentación del sistema de información y bases de datos como los manuales técnicos, operativos, diseño lógico y físico, diccionario de datos y el modelo entidad- relación. Así como las reglas de validación de los datos.
  • Suministrar los resultados de la auditoría efectuada por la Cuenta de Alto Costo a las entidades promotoras de salud, entidades adaptadas y entidades territoriales a
  • las enfermedades ruinosas y catastróficas de alto costo.

CONSULTORSALUD presenta a sus lectores el documento oficial para su lectura y descarga sin costo:

No olvide leer: Qué sabemos de los contratos actuales de las EPS con las IPS

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda