En firme liquidación EPS Manexka: Sentencia T103 de 2018

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A través de la Sentencia T103 de 2018, emitida por la Corte Constitucional, dentro del proceso de revisión de los fallos emitidos por el Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería y el Tribunal Administrativo de Córdoba respecto de la acción de tutela interpuesta por el Cabildo Mayor Regional del Pueblo Zenú del Resguardo Indígena de San Andrés de Sotavento en contra de la EPS Indígena Manexka, deja en firme la decisión tomada por la Supersalud el 27 de marzo de 2017 de liquidarla tras evidenciar graves fallas de orden administrativo, financiero, jurídico y operativo, en detrimento del acceso a los servicios de salud de cerca de 210 mil afiliados.

Recordemos que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución 527 de 2017, había ordenado la toma de posesión inmediata y liquidación de la EPS indígena Manexka. La decisión obedeció a los hallazgos obtenidos a través de una auditoría forense realizada a la EPSI, en donde se evidenció una defraudación a los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud con la que se puso en riesgo a sus afiliados.

La sentencia T103 deja claro que la Supersalud no vulneró el derecho fundamental a la consulta previa al adelantar las medidas forzosas frente a la liquidación de la EPS pues no implicó una afectación directa para ese colectivo y no perturbó su identidad cultural y étnica con la decisión.

Luis Fernando Cruz Araújo, Superintendente Nacional de Salud, afirmó que “Para la Supersalud es importante que la Corte Constitucional haya atendido el llamado para preservar sus competencias administrativas de intervención frente a los actores que incumplen y lo más importante, permite proteger la salud de un gran número de personas vulnerables y todo esto en armonía con la jurisprudencia vigente de consulta previa”.

​​Respecto a los usuarios, se ordena a la Supersalud realizar el proceso de concertación con la comunidad que había sido asignada a otras EPS en el proceso de liquidación, para que decidan si desean permanecer allí o ser afiliada a otra EPS.

​​Adicionalmente, la Corte Constitucional deja sin vigencia los incidentes de desacato que fueron decretados en contra del Superintendente Nacional de Salud, Luis Fernando Cruz Araújo y del ex Superintendente, Norman Julio Muñoz.

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