El Derecho a la Salud en Colombia

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El Derecho a la Salud en Colombia

Por: Raúl Ospina Giraldo, Presidente Alianza de Usuarios de la Salud del Valle del Cauca.
 
Mucho se habla por estos días de la salud de los colombianos y sobre todo del sistema de salud que nos ampara a todos.  La nueva Constitución Política de 1991 termino con el  monopolio  estatal  en  la  seguridad  social  (ISS)  y  con  la  Ley  100  de  1993  abrió  el camino  para  la  privatización  de  la  salud  por  medio  del modelo  de  competencia de mercado regulada por el Estado. 
En estos 18 años podemos constatar que la cobertura de salud paso del 20% en 1994 a más del 90% en 2010, casi cubriendo la totalidad de habitantes de nuestro país (Universalización de la salud).   Pero no analizamos que en 1994 el  gasto de salud correspondía  al 10.2 % del PIB  en cifras  a $6.9  Billones  y en 2010 correspondió al 7% del PIB es decir $39 billones.  Tampoco analizamos que todos los 24 millones de beneficiarios del régimen subsidiado de salud tienen acceso real a los servicios de salud (Informe The Economist, 2008).   
Por nacer dentro de las fronteras del  País  tenemos  derecho  a  la  salud  que  es  un  servicio  público  esencial    a  cargo  del Estado pero que por disposición legal (Ley 100/93) puede ser prestado por particulares. Ahora   también   se   incluyen   a   los   residentes   dentro   del   País   (Ley   1438/2011) ocasionando que los visitantes extranjeros compitan con los nacionales por los precarios servicios de salud que hoy en día se dispensan a los Colombianos y entren a disputar los turnos para los transplantes de órganos configurando el llamado turismo en salud (Ya tenemos  una  zona  franca  en  salud).  En  resumidas  cuentas  el    modelo  comercial  de competencia regulada por el Estado fracaso al no poder este (Estado) asumir el control y regulación de los intermediarios de la salud y estos (Los intermediarios comerciales o EPS)  haber  pactado  alianzas  para  no  competir  y  burlar  a  los  pacientes  en  su  plan  de beneficios de salud, adoptando lo que denomina el pacto de ACEMI, que no es más que una  descarada  y  deshumanizada  práctica  para  negar  servicios  en  salud  a  que  tienen derecho los Colombianos. Solo quedaba la más extraordinaria herramienta de justicia social  contemplada  en  la  nueva  Constitución  la  TUTELA,  y  a  ella  se  acogieron  los usuarios  de  la  salud  con  resultados  positivos  para  sus  necesidades  en  salud  y  claro también con excesos en su aplicación (abuso moral de los usuarios).  Pero las EPS y sus parlamentarios cómplices urdieron una última salida para frenar la Acción de Tutela, la mal llamada sostenibilidad fiscal o formula fiscal, adoptada mediante Acto Legislativo modificatorio de la Carta Magna, ahora los jueces constitucionales no podrán fallar en derecho contemplando la autonomía del médico tratante como era jurisprudencia de la H.  Corte Constitucional  sino que deberán mirar  la  posibilidad  económica  del  derecho invocado, es decir el derecho quedo relegado a la disponibilidad económica.  
 

El Derecho a la Salud en Colombia – ROG

 

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