El Derecho a la Salud en Colombia
Por: Raúl Ospina Giraldo, Presidente Alianza de Usuarios de la Salud del Valle del Cauca.
Mucho se habla por estos días de la salud de los colombianos y sobre todo del sistema de salud que nos ampara a todos. La nueva Constitución Política de 1991 termino con el monopolio estatal en la seguridad social (ISS) y con la Ley 100 de 1993 abrió el camino para la privatización de la salud por medio del modelo de competencia de mercado regulada por el Estado.
En estos 18 años podemos constatar que la cobertura de salud paso del 20% en 1994 a más del 90% en 2010, casi cubriendo la totalidad de habitantes de nuestro país (Universalización de la salud). Pero no analizamos que en 1994 el gasto de salud correspondía al 10.2 % del PIB en cifras a $6.9 Billones y en 2010 correspondió al 7% del PIB es decir $39 billones. Tampoco analizamos que todos los 24 millones de beneficiarios del régimen subsidiado de salud tienen acceso real a los servicios de salud (Informe The Economist, 2008).
Por nacer dentro de las fronteras del País tenemos derecho a la salud que es un servicio público esencial a cargo del Estado pero que por disposición legal (Ley 100/93) puede ser prestado por particulares. Ahora también se incluyen a los residentes dentro del País (Ley 1438/2011) ocasionando que los visitantes extranjeros compitan con los nacionales por los precarios servicios de salud que hoy en día se dispensan a los Colombianos y entren a disputar los turnos para los transplantes de órganos configurando el llamado turismo en salud (Ya tenemos una zona franca en salud). En resumidas cuentas el modelo comercial de competencia regulada por el Estado fracaso al no poder este (Estado) asumir el control y regulación de los intermediarios de la salud y estos (Los intermediarios comerciales o EPS) haber pactado alianzas para no competir y burlar a los pacientes en su plan de beneficios de salud, adoptando lo que denomina el pacto de ACEMI, que no es más que una descarada y deshumanizada práctica para negar servicios en salud a que tienen derecho los Colombianos. Solo quedaba la más extraordinaria herramienta de justicia social contemplada en la nueva Constitución la TUTELA, y a ella se acogieron los usuarios de la salud con resultados positivos para sus necesidades en salud y claro también con excesos en su aplicación (abuso moral de los usuarios). Pero las EPS y sus parlamentarios cómplices urdieron una última salida para frenar la Acción de Tutela, la mal llamada sostenibilidad fiscal o formula fiscal, adoptada mediante Acto Legislativo modificatorio de la Carta Magna, ahora los jueces constitucionales no podrán fallar en derecho contemplando la autonomía del médico tratante como era jurisprudencia de la H. Corte Constitucional sino que deberán mirar la posibilidad económica del derecho invocado, es decir el derecho quedo relegado a la disponibilidad económica.
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