Decreto 4975 de 2009 – Emergencia Social

[favorite_button]
Comentar

 Artículo 1º. Con el fin de conjurar la situación de urgencia a la que se hace referencia en la parte motiva del presente Decreto e impedir la extensión de sus efectos, declárese el estado de emergencia social en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de esta declaratoria.

Decreto 4975 de 2009 -emergencia social

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda