Decreto 039 del 2 de febrero: Bogotá entra en alerta naranja

Estas son las nuevas medidas que regirán en la capital de Colombia al entrar en alerta naranja. Las medidas obedecen a la reducción de casos activos de Covid-19 y la disminución en la ocupación UCI
Decreto 039 Bogota alerta naranja
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El día de ayer, 2 de febrero de 2021, la alcaldesa Claudia López informó sobre una disminución en la ocupación de camas UCI, lo que se identificó como la superación del segundo brote de coronavirus en Bogotá. Aunque en principio se comunicó desde la red social Twitter, se confirmó con una rueda de prensa en la que se expusieron las nuevas medidas que rigen desde hoy en la capital con el Decreto 039.

En Consultorsalud presentamos la información que debe conocer, de acuerdo con las últimas actualizaciones de la Alcaldía Mayor. Lo más importante es el cambio de alerta roja a alerta naranja, ya que se registra un menor número de casos activos, pasando de 51.000 a 32.000. La ocupación UCI -como se mencionó antes-, está sobre el 81% cuando en el punto máximo de este nuevo pico llegó hasta el 94%.

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Medidas que se adoptan con el Decreto 039

Las autoridades distritales explicaron a la ciudadanía que se deberán mantener las medidas de bioseguridad. “A partir de hoy, podemos pasar del momento más difícil de alerta roja y empezar a entrar a alerta naranja, mantener una nueva manera de vivir con ciertas restricciones pero también con la posibilidad de desarrollar nuestras actividades”, expresó la alcaldesa Claudia López.

  1. Uso de tapabocas y lavado de manos: se deberá utilizar tapabocas cubriendo boca y nariz, preferiblemente de tipo quirúrgico para las personas de alto riesgo. El lavado de manos se deberá realizar cada 3 horas. También se debe contar con alcohol en gel (mínimo 60% y máximo 95%) para los procesos de desinfección de manos y superficies.
  2. Distanciamiento físico y ventilación: en el Decreto 039 se mantienen las medidas implementadas hasta el momento. Es decir, se debe permanecer a 2 metros de distancia. Los lugares públicos y privados deben contar con sistemas que permitan la circulación del aire permanentemente.
  3. Se termina el toque de queda: las restricciones a la movilidad y el horario máximo para desplazarse por la ciudad, ya no están contemplados porque los establecimientos no esenciales deben cerrar sus puertas a las 11:00 pm.
  4. Finaliza la cuarentena por UPZ: de acuerdo con la tendencia a la baja en los casos de Covid-19, la Alcaldía Mayor decidió levantar la cuarentena instaurada a las UPZ Tibabuyes, Suba y El Rincón, en la localidad de Suba; Boyacá Real y Garcés Navas, en Engativá; Fontibón, en la localidad de Fontibón; Castilla y Timiza en Kennedy y Los Cedros en Usaquén.
  5. Las labores no esenciales trabajarán con horario escalonado: al igual que en la primera cuarentena, la Alcaldía decidió implementar nuevos horarios para las actividades económicas. De acuerdo con el Decreto 039, quedaron así:
SectorHorario
Comercio al por menor de servicios no esenciales y prestación de servicios no esencialesSe deben establecer horarios comprendidos entre las 10:00 a.m. y las 11:00 p.m.
Sector de manufactura de bienes no esencialesSe restringe el ingreso entre las 5:00 a.m. y las 10:00 a.m.

Horario de ingreso entre las 10:00 a.m. y 05:00 a.m.
Sector de construcción en zonas no residencialesSe deberán establecer turnos de ingreso después de las 10:00 a.m.
Sector de construcción en zonas residencialesHorario de trabajo entre las 10:00 a.m. a 7:00 p.m.
Ejecución de obras públicasSe podrán ejecutar las 24 horas. En zonas residenciales estará permitido en el horario comprendido entre las 6:00 de la tarde y las 8:00 de la mañana, como también los días festivos, sin que sea necesario tramitar el permiso excepcional de que trata el artículo 151 de la Ley 1801 de2016.
Cigarrerías, panaderías, minimercados y tiendas de barrio para venta presencialSe restringe su funcionamiento entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Establecimientos gastronómicosDeberán establecer horarios de atención al público que estén comprendidos entre las 05:00 a.m. y las 11:00 p.m. La comercialización a través de plataformas de comercio electrónico y entrega a domicilio no tendrá restricción horaria.
Establecimientos educativosPresencialidad parcial según determine la Secretaría de Educación en los términos señalados en el artículo 13 del Decreto Distrital 021 de 2021.
Instituciones de educación superior, instituciones de educación para el trabajo y desarrollo humano y establecimientos de educación no formalPresencialidad parcial hasta en un 35% de los estudiantes matriculados, en la franja horaria comprendida desde las 10:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. y entre las 7:00 p.m. y las 11:00 p.m.

Adicionalmente, la medida del Pico y Cédula permanece vigente hasta el 19 de febrero de 2021 a las 11:59 p.m. para la adquisición de bienes y servicios, atención al ciudadano en entidades públicas, realización de trámites bancarios, financieros y notariales, compra de productos al detal y al por mayor.

Desde el Distrito se recordó que se mantiene la vigilancia epidemiológica para controlar otros posibles brotes y para realizar la secuenciación genómica de nuevas cepas del virus. La estrategia DAR (Detecto, Aíslo, Reporto) será fortalecida con apoyo económico.

Para conocer mayor información sobre el Decreto 039 del 2 de febrero haga clic aquí:

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