La Corte Constitucional reafirmó que el fuero por estabilidad laboral reforzada se aplica a trabajadores que, aunque no cuenten con una acreditación formal de disminución de capacidad laboral, presenten una condición de salud que les impida desempeñar normalmente sus actividades. Este criterio busca garantizar los derechos fundamentales de aquellos en condiciones de debilidad manifiesta.
La Sala Cuarta de Revisión analizó el caso de Juliana, quien trabajaba para Aguas de Bogotá y fue despedida sin justa causa, a pesar de que la empresa tenía conocimiento de sus limitaciones de salud. La accionante fue diagnosticada con lupus eritematoso sistémico en 2013, enfermedad que ha desencadenado complicaciones graves, incluyendo internaciones en cuidados intensivos y tratamientos médicos continuos.
Desde el inicio de la relación laboral en 2020, la empresa sabía que Juliana padecía una patología, aunque no conocía con exactitud su diagnóstico debido al derecho de la trabajadora a mantener la reserva de su historia clínica. En el examen médico laboral de ingreso, la IPS Colmédicos determinó que Juliana era apta para su cargo, pero estableció restricciones en ciertas tareas debido a su condición de salud.
La Corte enfatizó que, en casos donde el empleador conoce las limitaciones de salud del trabajador, cualquier despido sin una justificación suficiente activa la presunción de discriminación. En este caso, el despido fue considerado una violación a los derechos fundamentales de Juliana, incluyendo su derecho a la salud, a la vida digna, al mínimo vital y a la igualdad.
Asimismo, concluyó que la desvinculación de la trabajadora fue discriminatoria y ordenó como medida transitoria su reintegro al cargo que desempeñaba o a uno similar. Sin embargo, advirtió que el amparo concedido es temporal, por lo que Juliana deberá presentar una demanda ante la jurisdicción ordinaria laboral para asegurar la continuidad de la protección.
El alcance del fuero de estabilidad laboral reforzada
La Sala recordó que el artículo 26 de la Ley 361 de 1997 protege a los trabajadores con condiciones de salud que afecten significativamente su desempeño, incluso si no cuentan con un dictamen formal que acredite una disminución de capacidad laboral moderada, severa o profunda. Este fuero busca evitar actos de discriminación y garantizar estabilidad laboral para personas en situación de debilidad manifiesta.
Con esta decisión, la Corte Constitucional reitera su compromiso con la defensa de los derechos laborales y refuerza el mensaje de que las condiciones de salud no deben ser motivo de discriminación en el ámbito laboral.