Corte Constitucional ordena sanciones a EPS

[favorite_button]
Comentar

La Corte Constitucional mediante sentencia T-160 de 2014, ordena a la Superintendencia de Salud tomar medidas sancionatorias administrativas contra las EPS que reiteradamente niegan el servicio de salud a los adultos mayores y, desconocen sus derechos constitucionales.

Las EPS investigadas son: Sanitas, Saludcoop, Nueva EPS, Capital Salud, Coomeva y Savia Salud. Estas entidades fueron estudiadas por el alto tribunal después de varias tutelas interpuestas por pacientes de la tercera edad, que se quejan de las negativas por el servicio de suministros como pañales o silla de ruedas.

La sentencia se argumenta varios casos como el de una mujer de 91 años que murió a la espera de un fallo de tutela que había interpuesto para el suministro de una silla de ruedas y pañales desechables. La mujer sufría de problemas cardiovasculares y diabetes. O una paciente de 94 años que sufre de insuficiencia renal crónica y demencia, dependiente total de los pañales y que por su condición económica no tiene acceso a los mismos, entre otros casos que allí se mencionan.

Las EPS se argumentan en que este servicio no está incluido dentro del POS, pero, la Corte a afirmando en reiteradas ocasiones que no se les puede negar dicho servicio, como tampoco el de visitas médicas domiciliarias.

“Se trata una vez más de asegurar la vigencia efectiva de los derechos por encima de formalidades externas, en una manifestación de la prevalencia del Derecho sustancial, de conformidad con lo previsto en el artículo 228 de la Carta”.

La sentencia, además, reitera que “las entidades prestadoras de salud, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, que no pueden continuar desconociendo caprichosamente los derechos fundamentales, ni la preceptiva atinente, ni los precedentes jurisprudenciales, hacia la prestación adecuada, expedita y eficiente del servicio de salud, aún con mayor celo a favor de personas que merecen especial protección constitucional”

Finalmente, el alto tribunal, le pide a la Superintendencia de Salud que tome las medidas sancionatorias necesarias contra las entidades y además hace un llamado a los jueces del país para que cumplan con la jurisprudencia en este tipo de casos, que violan los derechos fundamentales de los pacientes.

 

Descargue – Sentencia T- 160/14

Documentos adjuntos

Este artículo tiene documentos adjuntos que podrá descargar para ampliar su información:

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda