Conformación y operación del Comité Asesor de la Telesalud

La conformación y operación del Comité Asesor de la Telesalud en el país fue establecida a través de un proyecto de decreto del Ministerio de Salud.
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La conformación y operación del Comité Asesor de la Telesalud en el país fue establecida a través de un proyecto de decreto del Ministerio de Salud. Este comité sera el encargado de asesorar al Ministerio en el desarrollo programas de telesalud en el país.

Integración del Comité Asesor de la Telesalud

El Comité Asesor de la Telesalud estará conformado por los siguientes miembros:

  • El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.
  • El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, quien lo presidirá.
  • El Ministro del Trabajo o su delegado.
  • El Ministro de Educación Nacional o su delegado.
  • El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.
  • El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado.
  • El Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación o su delegado.

Es preciso mencionar, que habrá invitados permanentes al Comité Asesor de la Telesalud, entre ellos, un representante de las Asociaciones Científicas, de las Universidades y de los Centros de Investigación.

El Comité Asesor de la Telesalud definirá el mecanismo de elección y convocará a las asociaciones científicas, universidades y centros de investigación para elegir al representante de cada uno de ellos ante dicho Comité.

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Funciones del Comité

Las funciones del Comité Asesor de la Telesalud, las siguientes:

  1. Impartir lineamientos para la implementación de la telesalud en Colombia.
  2. Brindar asesoría a los Ministerios de Salud y Protección Social, Educación, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Trabajo, para el desarrollo de la telesalud en Colombia, como una política de Estado, con fines sociales y orientada a mejorar el acceso y la oportunidad de los habitantes del territorio nacional, a los servicios de salud, así como la educación en salud, la gestión del conocimiento en salud y la investigación en salud.
  3. Asesorar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en cuanto a las necesidades de conectividad que hagan viable el desarrollo de la telesalud en el país, en todos sus componentes.
  4. Brindar apoyo y acompañamiento a los diferentes programas en sus etapas de generación, diseño, cumplimiento, calidad y metas propuestas, en cuanto a la telesalud se refiere.
  5. Recomendar las prioridades de inversión de los recursos para el desarrollo e investigación de la telesalud en Colombia.
  6. Promover la educación en el uso de las tecnologías de la información y comunicación aplicadas a la salud.
  7. Formular propuestas para tener en cuenta en la elaboración de los planes sectoriales de salud, educación y tecnología para el desarrollo de la telesalud.
  8. Velar por la implementación de las recomendaciones del Comité.
  9. Darse su propio reglamento, en el que se indique, entre otros aspectos, el mecanismo para la selección de los invitados permanentes del Comité.
  10. Las demás que sean necesarias para garantizar el desarrollo de la telesalud en Colombia, acorde con los recursos y necesidades del país.

Adicionalmente, el Comité Asesor de la Telesalud tendrá una secretaría técnica, la cual estará a cargo de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria del Ministerio de Salud, estas serán sus funciones:

  1. Preparar y presentar para estudio del comité los temas objeto de consulta.
  2. Adelantar estudios, en coordinación con los servidores que deleguen los integrantes del comité, sobre las materias que permitan implementar los programas y proyectos en telesalud y ponerlos en cocimiento del Comité.
  3. Solicitar información a los Ministerios que hacen parte del Comité, del estado de avance de los programas y proyectos de telesalud que se estén adelantando, y presentar informes al Comité Asesor de la Telesalud.
  4. Preparar los informes y soportes técnicos para las reuniones del comité.
  5. Recibir y proyectar las respuestas a las consultas que se realicen al comité, con el Ministerio competente que haga parte del Comité, de acuerdo con la naturaleza de la solicitud.
  6. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del comité.
  7. Verificar el quórum deliberatorio al inicio de las sesiones del comité, así como registrar los votos para determinar la mayoría decisoria en las reuniones.
  8. Elaborar las actas del comité.
  9. Organizar y mantener un archivo en medio físico y electrónico con la información
    que se genere a partir de las actividades del comité.
  10. Servir de interlocutor entre terceros y el comité.
  11. Las demás que defina el Comité Asesor de la Telesalud, en su reglamento

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