Cambios evaluación de Gerentes de ESE – Resolución 408 de 2018 – Nuevos anexos

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Los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado (ESE) son fundamentales en el andamiaje de la gestión del riesgo y la atención de millones de colombianos en los prestadores primarios y complementarios, estando además sometidos a procesos de evaluación de su plan de gestión por parte de las Juntas Directivas; pues bien, con la resolución 408 de 2018, el Ministerio de salud y protección social sustitúye los Anexos 2, 3, y 4 adoptados en la Resolución 71O de 2012, modificada por la Resolución 743 de 2013, por los Anexos 2, 3, y 4 que hacen parte integral de la presente resolución.

ANTECEDENTES DEL PLAN DE GESTION DE LOS GERENTES DE ESE

CONSULTORSALUD quiere recordar que los artículos 72 y 74 de la Ley 1438 de 2011 definieron los contenidos, términos y procedimientos para la presentación, aprobación y evaluación del plan de gestión a presentar por parte de los gerentes o directores de las Empresas Sociales del Estado – ESE del orden territorial; ademas en desarrollo de tales disposiciones se expidió la Resolución 71O de 2012, modificada por la Resolución 743 de 2013, que contiene los Anexos 1, 2, 3, 4, y 5, en la que se encuentran las condiciones y metodología para la elaboración y presentación del plan de gestión por parte de los gerentes o directores de las Empresas Sociales del Estado del orden territorial, los indicadores y estándares por áreas de gestión, el instructivo para la calificación, la matriz de calificación y la escala de resultados.

EVALUACION DEL INFORME ANUAL DE LOS GERENTES DE ESE

Según la resolución 408 de 2018, la evaluación del informe anual sobre el cumplimiento del plan de gestión que debe presentar el Director o Gerente, a más tardar el 1o de abril de cada año, deberá realizarse sobre los resultados obtenidos entre el 1o de enero y el 31 de diciembre de la vigencia inmediatamente anterior.
Si el Director o Gerente no se desempeñó en la totalidad de la vigencia a que refiere este artículo, no se realizará evaluación del plan de gestión respecto de dicha vigencia.

LICENCIAS, VACACIONES Y PERMISOS DE LOS GERENTES DE LAS ESE Y EL PLAN DE GESTION

Para efectos de la evaluación, situaciones administrativas como licencias (remuneradas y no remuneradas}, vacaciones y permisos, así como suspensiones o separaciones en el ejercicio de fas funciones propias del empleo, no interrumpen el desempeño del director o gerente para et periodo de fa vigencia a evaluar, ni el cumplimiento del plan de gestión y sus metas”.

AJUSTE A LOS PLANES DE GESTION PRESENTADOS EN 2017 , Y A LOS INFORMES DE CUMPLIMIENTO DE DICHO PLAN

Los gerentes o directores de las empresas sociales del estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución, realizarán los ajustes que sean pertinentes al plan de gestión presentado y/o aprobado por la junta directiva, en consideración a lo establecido en los Anexos 2, 3 y 4 de la presente resolución. Dicho ajuste deberá ser aprobado por la junta directiva dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su presentación.

En caso de que al momento de publicarse la presente resolución, el gerente o director ya hubiere presentado el informe de cumplimiento del plan de gestión de la vigencia 2017, este deberá ser ajustado una vez se adelante el trámite enunciado en el inciso anterior, y deberá ser presentado a más tardar el 1 de abril de 2018.

Descargue la resolución 408 de 2018 y sus anexos

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