El proyecto de decreto tiene como objetivo reglamentar parcialmente el artículo 160 de la Ley 1450 de 2011 (PND), en lo relacionado con la remuneración que cobran los operadores de información por el servicio relacionado con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA y establecer la modalidad de pago de acuerdo con la clase de aportante.
Además modifica el artículo 1 del decreto 1931 de 2006 sobre el pago de aportes parafiscales.
A partir de la entrada en vigencia del Decreto, la remuneración que podrán cobrar los operadores PILA a las administradoras de pensiones y cesantías, ARL, EPS, CCF, ICBF y SENA serán los siguientes para la vigencia 2014: 1) por planilla electrónica $90 por registro, y 2) por planilla asistida $130 por planilla.
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PROYECTO DE DECRETO CAMBIOS EN REMUNERACIÓN PILA Y PAGO DE APORTES