Con el fin de prevenir y controlar la propagación de la covid-19 y mitigar sus efectos, el Ministerio de Salud y Protección adoptó una serie de medidas para contrarrestar la crisis generada por la pandemia, entre ellas fijar los lineamientos para el trámite de proyectos de inversión.
Con la resolución 750 de 2020, el Minsalud estableció los lineamientos que deben seguir quienes deseen realizar el trámite especial para la presentación de proyectos de infraestructura física, equipo industrial de uso hospitalario y/o dotación de equipos biomédicos que se requieran ejecutar con el fin de garantizar la prestación de servicios de salud a la población afectada por el coronavirus COVID-19.
Proyectos de inversión que pueden ser objeto de estos trámites
Según el documento serán objeto del trámite, los siguientes proyectos de inversión, siempre que sean presentados durante el término de la emergencia sanitaria.
- Adecuación de infraestructura
- Reconversión de infraestructura
- Ampliación de la capacidad instalada
- Construcciones temporales
Dotación de los siguientes equipos biomédicos
- Monitor de presión arterial
- Equipo de desinfección por ultravioleta
- Monitor de signos vitales avanzados
- Electrocardiógrafos
- Glucómetro
- Tensiómetro
- Pulsímetro
- Capnógrafo