Así será la nueva Supersalud – Proyecto de Ley

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Durante el ‘Taller Construyendo País” el presidente de Colombia, Iván duque, expuso que uno de los grandes retos que tiene el gobierno son fortalecer la Superintendencia de Salud y castigar a quienes han hecho fraude al sistema.

Añadió “Fortalecer la capacidad de la Superintendencia para que pueda poner en cintura a muchos de los que abusan, y eso implica también fortalecer el mecanismo de sanción de la Superintendencia. Una Superintendencia cuya sanción máxima no supera los dos mil millones de pesos, es vista con burla por parte de muchos actores”.

El mandatario de estado insistió en que debe haber un cambio regulatorio del sistema de salud. Es necesario que las EPS cumplan con una atención digna, con altos estándares de calidad y una cobertura robusta que vele por los derechos que tiene los colombianos en la atención en salud. De igual manera, ratificó que debe caer todo el peso de la ley a las entidades prestadoras de salud que comentan fraude, que no aseguren a sus pacientes las garantías básicas oportunas para la prestación del servicio.

“Por eso hay que fortalecerla y llevarla a denunciar, y a denunciar severamente; la corrupción en el sistema de salud es lo peor que le puede pasar a un país. Hay que introducir el concepto de calidad, para que podamos cerrar aquellas que abusan de los ciudadanos”, aseveró.

Proyecto de ley Supersalud

El proyecto de Ley tiene 4 alcances

1. Catálogo de sanciones:

El primero de ellos está relacionado con el fortalecimiento de la capacidad sancionatoria de la Supersalud. Esto incluye la adopción de un catálogo de sanciones más amplio en el que se contempla, además de las ya existentes, las multas sucesivas, la suspensión del certificado de autorización, cierre temporal o definitivo de uno o varios servicios y la remoción del cargo a los representantes legales, revisores fiscales y gerentes de EPS o de las demás entidades vigiladas, si se comprueba que autorizó, ejecutó o toleró conductas violatorias de las normas del Sistema General de Salud.

La consecuencia directa de la sanción de remoción del cargo es la inhabilidad por 15 años para ocupar cargos en entidades o instituciones públicas y privadas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Esta disposición representa toda una novedad frente a los infractores al sistema que con la normatividad vigente ejercen una actividad de “puerta giratoria”, pasando de un cargo a otro en el sistema y de lo público a lo privado, sin que se generen consecuencias por su actuar doloso y dañino frente a las entidades de salud de las que hacen parte.

Respecto de las sanciones vigentes, el proyecto endurece la sanción de multa, que ahora pasan de un máximo de 2.500 SMLV a 8.000 SMLMV para personas jurídicas y hasta de 1.000 SMLV para personas naturales.

Multas sucesivas: Se establecen también multas sucesivas hasta de 3.000 SMLMV para personas jurídicas y de hasta 300 SMLMV a personas naturales, a quienes incumplan órdenes de contenido no pecuniario, emitidas en el marco de una sanción administrativa. Por ejemplo, si la Superintendencia ordena la entrega de un medicamento a una persona y la EPS no lo hace, podrá recibir las multas sucesivas hasta el monto estipulado, en caso de incumplimiento.

Caducidad de la facultad sancionatoria: En el proyecto también se propone la ampliación del término de la caducidad de la facultad sancionatoria de 3 a 5 años, teniendo en cuenta que los 3 años contemplados actualmente son insuficientes para resolver las etapas de inspección, vigilancia y control, en atención a la dificultad de los temas que se manejan y el alto volumen de procesos.

Termino de la vía gubernativa: Así mismo, se plantea el aumento del término para decidir los recursos de vía gubernativa (reposición y apelación) de 1 a 2 años, e incorpora el silencio administrativo negativo (esto significa una respuesta negativa a lo solicitado) a efectos de garantizar la efectividad y eficiencia de las decisiones sancionatorias que emite la entidad y la protección de los derechos de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Nuevas conductas sancionables

La iniciativa, que iniciará su curso en el Congreso, establece nuevas conductas que serán sancionadas. Como por ejemplo: Quienes no reporten información con calidad, cobertura, oportunidad, pertinencia, fluidez y transparencia; obstruyan las funciones de inspección, vigilancia y control de la Supersalud; impida o no autoricen el acceso a sus archivos e instalaciones; incumplan los compromisos obligatorios de pago producto de las mesas de saneamiento de cartera, acuerdos conciliatorios y cualquier otro acuerdo de pago; no brinden un diagnóstico oportuno y/o apliquen descuentos directos sobre los pagos a realizar a los prestadores de servicios de salud sin previa conciliación e incumplan los planes de mejoramiento suscritos en ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia de la Supersalud.

De igual forma, en aquellos casos, cuando se presente un hecho grave en una ciudad, que debe investigar o atender la secretaría de salud municipal, la Superintendencia podrá hacer valer su competencia preferente y asumir la investigación.

2.  Juez especializado en asuntos sectoriales

El segundo alcance está enfocado en consolidar al Juez de la Superintendencia como juez técnico de la salud, permitiéndole a la entidad emitir sentencias en tiempo y de manera eficiente principalmente sobre aquellos asuntos en los que se involucra directamente la salud de los usuarios.

Según el Superintendente Aristizábal, en la actualidad, solo dos de los asuntos jurisdiccionales que debe atender la Entidad involucran directamente la salud del usuario. Estos deben ser la prioridad. Los otros cinco son temas de contenido económico que requieren un tiempo mayor para decidir por tratarse de devoluciones, glosas o recobros de lo no POS.

Por este motivo, el proyecto propone la modificación de los términos para decidir en la función jurisdiccional, priorizando la salud y la vida y buscando alcanzar estándares de calidad científica y jurídica para emitir sentencias responsables con la sostenibilidad financiera del sector y con la eficiencia del gasto público, acordes con principios como el de universalidad sin dejar de lado la protección del derecho a la salud.

De esta manera, el proyecto contempla que se decidan en 20 días las demandas que tienen que ver con negación de cobertura del POS, conflictos de multiafiliación, conflictos de libre elección y movilidad, y prestaciones excluidas del POS.

En 60 días lo que tiene que ver con reembolsos económicos de gastos médicos. Y 120 días para todo lo que sean devoluciones o glosas.

3. Límites a los procesos de reorganización:

El alcance tres contempla que el Gobierno Nacional pueda fijar los límites a los procesos de reorganización para garantizar un correcto flujo de recursos y el pago de acreencias, con el objetivo de que no se diluyan las responsabilidades adquiridas por la entidad solicitante, especialmente, cuando se encuentran en medida especial.

4. Instrucciones contables

Finalmente, el alcance cuatro, faculta a la Supersalud para emitir instrucciones contables a sus vigilados, frente al reconocimiento, presentación y revelación de los estados financieros.

Problemas de la Supersalud

Duque instó que las entidades promotoras de salud (EPS), instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) y entidades territoriales han presentado durante años una falla recurrente en el sistema debido a las malas administraciones y el uso inadecuado de la cartera, además impartió instrucciones a los diferentes actores para que se cumplan los protocolos en la asistencia médica y hospitalaria, las cuales comprenden, entre muchas otras, la atención de urgencias, suministro de medicamentos, rehabilitación etc.

Dijo que está trabajando de la mano con el titular de esta cartera, Juan Pablo Uribe, y con el Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal, para atender y solucionar esos problemas del sector salud.

“No solamente en identificar un programa que nosotros llamamos ‘Punto Final’, donde, primero, podamos sanear la deuda que tiene la Adres (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud), con el sistema, sino que adicionalmente podamos exigirles a muchas EPS que respondan oportunamente por sus obligaciones en la red hospitalaria”.

Lea también: EL NUEVO PRESIDENTE DE COLOMBIA Y SUS PROPUESTAS EN SALUD

 

 

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