El Ministerio de Salud junto con el Ministerio del Interior emitieron la Circular 15 del 2020 donde se establecen las directrices para la prevención y mitigación del contagio del COVID-19 a las comunidades indígenas y grupos étnicos del país, teniendo en cuenta que estas poblaciones están más expuestas a un posible contagio.
Recomendaciones:
En primer lugar, el Ministerio de Salud, recomienda a las comunidades éticas permanecer en su territorio dentro de su espacio individual o colectivo para disminuir la probabilidad de contagio, sin embargo, si se debe salir, se insta a implementar acciones de prevención y disminución del riesgo.
Así mismo, se debe limitar el acceso de turistas y personas ajenas al territorio de la comunidad, ya que estas podrían poner en riesgo todo el grupo étnico, no obstante, si es completamente necesario su ingreso, se deben establecer protocolos de seguridad.
El Ministerio, también exhortó a estas poblaciones a limitar el desarrollo de actividades al aire libre en la medida que sea posible, pues no se debe olvidar que estas comunidades se mantienen en base a la agricultura y ganadería.
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Igualmente, cuando una persona de la comunidad presente síntomas respiratorios, esta debe ser aislada del resto de los miembros para evitar el contagio. Del mismo modo, si llegase a haber un contagio en una comunidad étnica, esta debe avisar de manera inmediata a las autoridades competentes.
Por su parte, los entes territoriales deberán desarrollar acciones con mensajes claros y sencillos según los usos y costumbres de los grupos étnicos presentes en el territorio (resguardos, cabildos, consejos comunitarios, Kumpanias y otras organizaciones de base comunitaria), también, se debe disponer de interpretes que ayuden a trasmitir el mensaje, y que conozcan los actos administrativos y disposiciones que expida el Gobierno sobre prevención de contagio del COVID-19.
Finalmente, los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, especialmente las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales en coordinación con los líderes de las comunidades en sus territorios, deberán poner en conocimiento las recomendaciones contempladas en esta Circular.