Aprueban fase I en humanos de proyecto de ventiladores mecánicos

A través del acta 17 de 2020, la Sala Especializada de Dispositivos Médicos y Reactivos de Diagnóstico In Vitro de la Comisión Revisora aprobó el inicio de la fase I en humanos del protocolo clínico IHT-200-PC-001.
ventiladores mecánicos
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A través del acta 17 de 2020, la Sala Especializada de Dispositivos Médicos y Reactivos de Diagnóstico In Vitro de la Comisión Revisora aprobó el inicio de la fase I en humanos del protocolo clínico IHT-200-PC-001.

Según esta sala “una vez analizada y evaluada la información allegada, la Sala Especializada de Dispositivos Médicos y Reactivos de Diagnóstico In Vitro, conceptúa que se aprueba el desarrollo de la Fase I del protocolo clínico IHT-200-PC-001 “evaluación de la seguridad y desempeño del ventilador IHT-200 en sujetos críticamente enfermos AIR IHT-200 Study – Evaluación primera vez en humanos de ION Heat S.A.S.”, esto de acuerdo con la siguiente información.  

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Fechas de inicio de la fase I

La Fase I del protocolo de investigación IHT-200-PC-001 dará inicio en la ciudad de Medellín, con una cohorte de cinco (5) pacientes que se encuentren en cuidados intensivos.

Las instituciones donde se desarrollará el protocolo de investigación son:

  • Clínica Central Fundadores – Dr. Rigoberto Espinosa Oliva (Medellín)
  • Clínica Cardio Vid – Dr. Juan David Uribe Molano (Medellín)

Internacionalmente, existen estándares para la aprobación de estos dispositivos médicos, que buscan garantizar la seguridad de los pacientes y la tranquilidad de los médicos; en este sentido, gracias al rigor sanitario y a la agilidad en el acompañamiento de la Sala Especializada, se logró comprobar que el proyecto surtió los pasos necesarios en el marco de lo establecido en las normas internacionales de fabricación de estos dispositivos médicos.

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Finalmente, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima continuará haciendo seguimiento a la evolución de esta iniciativa de origen nacional, y tal como menciona el acta, los centros de investigación y la empresa fabricante serán objeto de inspección, vigilancia y control por parte del ente de control.

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