El Ministerio de Salud, con el propósito de controlar la evasión de cotizaciones al Sistema de Salud, estableció las validaciones para el uso del tipo de cotizante:
- Dependiente pensionado por vejez
- Jubilación o invalidez activo
- Independiente pensionado por vejez
- Jubilación o invalidez activo
- Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad
- Cotizante con requisitos cumplidos para pensión. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos
- Cotizante pensionado con mesada igual o superior a 25 SMLMV
Las administradoras, los pagadores de pensiones y operadores de información deben adelantar la sensibilización y divulgación de estas validaciones entre sus afiliados y aportantes tendientes al correcto uso de los subtipos de cotizantes.
Mediante la Resolución 5306 de 2018 el Ministerio de Salud modifica el artículo 3 de la Resolución 3559, y adhiere lo siguiente:
- El numeral 4 del artículo 1 que debe ser implementado por los operadores de información a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.
- Los aspectos relacionados con el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y caja de compensación familiar, mes vencido, de los tipos de cotizante: “3 – Independiente”, “4 – Madre sustituta”, “16 – Independiente agremiado o asociado”, “23 – Estudiantes aporte solo riesgos laborales”, “33 – Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensiona/”, “34 – Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud”, “35 – Concejal municipal o distrital no amparado con póliza de salud”, “36 – Concejal municipal o distrital o edil de Junta Administradora Local no amparado con póliza de salud beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensiona'”, “42 – Cotizante independiente pago solo salud”, “43 -Cotizante a pensiones con pago por tercero”, “52 Beneficiario del mecanismo de protección al cesante”, “53 – Afiliado participe”, “56 – Prepensionado con aporte voluntario en salud”, “59 – Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes” y “60 – Edil Junta Administradora Local no beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional”, deberán estar implementados a más tardar el día 1 0 de octubre de 2018; así como también la proporcionalidad en el pago de los apones cuando se reportan novedades de ingreso o retiro para el tipo de cotizante: “59 – Independiente con contrato de prestación de servicios superiora 1 mes’.
- El numeral 27 del artículo 1 debe ser implementado a más tardar el 1 de septiembre de 2018.
- Las validaciones para el uso de los Subtipos de cotizantes “1. Dependiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo”, “2. Independiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo”, “5. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos” y “9. Cotizante pensionado con mesada igual o superior a 25 SMLMV”, aplicarán para los pagos que se realice a partir del 1 0 de diciembre de 2018 y que correspondan al “período de pago para los sistemas diferentes al de salud” del mes noviembre de 2018 en adelante.
- Las validaciones para el uso del tipo de cotizante “56- Prepensionado con aporte voluntario en salud” y del Subtipo de cotizante ‘3 Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad” aplicarán para los pagos que se realicen a partir del 1 0 de abril de 2019 y que correspondan al “periodo de pago para los sistemas diferentes al de salud” del mes marzo de 2019 en adelante.
- Las validaciones para el uso del Subtipo de cotizante “4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión”, aplicarán para los pagos que se realice a partir del 10 de julio de 2019 y que correspondan al ‘Período de pago para los sistemas diferentes al de salud” del mes junio de 2019 en adelante.
Las entidades administradoras y pagadoras de pensiones deberán enviar mensualmente la información en los términos previstos en los numeral 7 y 8 de la Resolución 3559 de 2018.
Los operadores de información y administradoras de pensiones deberán informar a los aportantes e independientes para la correcta utilización del uso del tipo de cotizante ‘Pensionado con aporte voluntario en salud’ y de los subtipos de cotizantes, así como las fechas correspondientes, establecidas en esta nueva Resolución 5306 de 2018 que rige a partir del 28 de noviembre de 2018.
Descargue la Resolución 5306 DE 2018 completa a continuación: