Así será el protocolo para servicios de alojamiento en el país

Conozca el protocolo que dispuso el gobierno para los servicios y actividades de alojamiento en hoteles, aparta hoteles, centros vacacionales, entre otros.
Estos son los protocolos para servicios de alojamiento en el país
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Con el fin de proteger a los trabajadores, empleadores y sus familias  de  los riesgos para  la salud, generados  por la emergencia sanitaria que vive el país y estimular  la economía y el empleo, se definió A través de la Resolución 1312 de 2020 el protocolo para el manejo  y control del riesgo del coronavirus convid-19 en los servicios y actividades de alojamiento en hoteles, aparta hoteles, centros vacacionales, actividades de camping y parques para vehículos recreacionales, entre otros.

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Medidas generales de bioseguridad EN LOS SERVICIOS DE ALOJAMIENTO

Los responsables de los establecimientos deberán cumplir con las siguientes medidas:

  • Designar un coordinador o persona encargada del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SGSST para que sin excepción actúe como enlace entre los trabajadores, huéspedes  y visitantes, y canalice  toda  la  información  y  gestión relacionada con la COVID-19.
  • Suministrar a los trabajadores los Elementos de Protección  Personal – EPP antes del inicio de las labores, así como el servicio de lavandería cuando el establecimiento lo ofrezca. En caso contrario, el lavado deberá realizarse siguiendo las recomendaciones contenidas en la Resolución 666 de 2020.
  • Realizar  toma rutinaria de  temperatura a través de mecanismos  electrónicos  tales como láser, digitales, termográficos y demás, al inicio de la jornada laboral y al finalizar la  misma. Esta información deberá  ser registrada  por escrito en un formato que para tal fin se implemente.
  • Realizar  la   toma  de  temperatura   a  los huéspedes   y   diligenciar   la   encuesta   de condiciones  de salud previo al registro en el alojamiento. En caso de que el huésped presente temperatura superior a 38, deberá aislarse de manera preventiva.
  • Informar a  huéspedes y visitantes sobre las  buenas prácticas y acciones adelantadas por el establecimiento para reducir el riesgo de contagio de COVID-19.  y así mejorar la percepción en materia de protocolos de bioseguridad durante la prestación  del servicio.
  • Disponer en lugares visibles, información respecto de los centros de referencia más cercanos al establecimiento para atención médica.
  • Disponer en lugares visibles las medidas de higiene, y formas de prevención de COVID-19.
  • Definir el perfil de las personas que van a iniciar labores, asignando turnos de trabajo escalonados, con el fin de garantizar el distanciamiento  físico.
  • Realizar supervisión constante de la desinfección de tos elementos y áreas del establecimiento.
  • Tratándose  de establecimientos  que prestan servicio  por horas, ejecutar,  entre cada uso de  las  habitaciones,  las medidas  de limpieza  y  desinfección  de que  trata  este protocolo, así como las demás que le son aplicables, con el fin de mantener adecuadas condiciones higiénico sanitarias.
  • Garantizar  la   limpieza   y  desinfección  de  todas   las   áreas  que   conforman  el establecimiento, acatando los tiempos  y recomendaciones  de  los fabricantes de  los desinfectantes.
  • Establecer un protocolo de limpieza y desinfección para el establecimiento en que se desarrollan las actividades de la industria hotelera que defina un horario de limpieza y desinfección  para las distintas áreas de las instalaciones, prevea los desinfectantes y la técnica a utilizar.
  • Garantizar  el permanente  suministro  de agua  para el consumo, lavado de  manos  y limpieza general en los diferentes tipos de alojamiento.

Habitaciones

  • Priorizar en el uso de habitaciones con ventilación natural. En caso de que se requiera aire acondicionado, garantizar el mantenimiento y su desinfección de manera periódica.
  • Tener  a  disposición  como misceláneos  tapabocas,  guantes (látex  o nitrilo) y alcohol glicerinado mínimo al 60%, para ser entregados a solicitud del huésped, determinando o no la pertinencia de efectuar su cobro a este.
  • Utilizar protectores anti fluidos para colchones y almohadas.
  • Tratándose de establecimientos de servicio por horas, garantizar entre cada uso de las habitaciones,  el  cambio  total  de  sabanas,  almohadas,  tendidos,  toallas  y  demás elementos dispuestos allí para el uso de los clientes.
  • Cuando  el  huésped   lo  solicite, suministrar  elementos  como  mesas  de  planchar, planchas y secadores de cabello.
  • Definir la capacidad  máxima por habitación, de acuerdo con el tipo de  acomodación, para garantizar el distanciamiento físico.
  • Tratándose de hostales se debe restringir el uso de la capacidad por habitación al 30%, y  no se permitirá el uso de camarotes.
  • Realizar los procedimientos de recolección de residuos con mayor frecuencia a la que se venía efectuando.

Zonas comunes

Las medidas que se relacionan a continuación serán aplicables cuando el uso de las zonas comunes esté  autorizado  en el establecimiento, por lo  que su enlistamiento  no constituye autorización  en tal sentido.

  • Implementar estaciones en las que se disponga de alcohol glicerinado mínimo al 60% Informar en el área de ascensores  el número de personas  permitidas para  su uso. asegurando la distancia física de dos (2) metros entre personas.  Cuando ello no sea posible.  el  uso  deberá  hacerse  de  manera  individual, priorizando  a  las  personas mayores  de 60  años, mujeres  en estado  de embarazo, o  personas  con  movilidad reducida.
  • Realizar la  limpieza de  la  botonera  del  ascensor  entre  cada  uso.  Por  su parte, el ascensor deberá limpiarse y desinfectarse de manera permanente.
  • Disponer   de   alcohol   glicerinado   mínimo   al  60%,  en   las   zonas   comunes   de entretenimiento y garantizar que se cumpla  con el distanciamiento físico  de dos (2) metros,  entre personas, de acuerdo con la capacidad del lugar.
  • Disponer en los espacios al aire libre.  independientemente de que estén o no dotados de mobiliario, de alcohol glicerinado mínimo al 60%, y de señalización  recordando  las medidas preventivas.
  • Disponer,  en las zonas de camping y en los parques para vehículos  recreacionales  de los sectores de alojamiento. de alcohol glicerinado, mínimo al 60%, y de señalización recordando las medidas preventivas.
  • Controlar  aforos  en gimnasios, en función del principio de distanciamiento  físico.  En caso de salones cerrados.  los usuarios deben utilizar tapabocas  y mantener siempre dos (2) metros de distancia entre personas disponer de canecas de pedal, para evitar la manipulación de tapas

Mantenimiento y desinfección

Finalmente, en cuanto a las edificaciones en general contar con un programa  para evidenciar  el cumplimiento  del control de plagas  que incluya  la periodicidad y registros.

Brindar la información necesaria al personal del alojamiento, acerca del uso adecuado de los productos de limpieza y su forma de aplicación, así como del uso de los EPP. Manejar una  mayor concentración  de los productos  utilizados  en el aseo de baños y dejar actuar por un mayor tiempo del acostumbrado.

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