Actualizan condiciones de aplicación de vacunas covid-19 en el país

A través de la Resolución 1379 de 2021 el Ministerio de Salud presentó modificaciones a la administración de vacunas de Pfizer-BionTech y Moderna
Actualizan condiciones aplicacion vacunas covid-19 Colombia
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El Ministerio de Salud y Protección Salud ha presentado una actualización de los lineamientos técnicos y operativos para la aplicación de vacunas covid-19. Las directrices y las modificaciones a los anexos técnicos para la aplicación de vacunas Pfizer/BioNTech, vacunas Moderna, así como el anexo técnico 1 que hace referencia a la población objeto y a la disposición de la información sobre los individuos vacunados. De esta manera se oficializa la prolongación del intervalo entre dosis, conocido desde hace un par de semanas.

La resolución se sustenta en los avances científicos de los últimos meses, especialmente en los resultados identificados con las vacunas de ARNm (Pfizer y Moderna). Como se argumenta en la resolución, se ha demostrado que el esquema de inmunización puede ser modificado según los antecedentes epidemiológicos de covid-19 de cada individuo, el estado de salud, la presencia de comorbilidades y su edad.

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En ese sentido, dentro de la población objeto a vacunar que ha sido escalonada según su edad y su riesgo de desarrollar covid-19 (evidenciado en las fases y etapas que conforman el Plan Nacional de Vacunación), se ha incluido a la población menor de 18 años, a quienes se les administrará el biológico “que de acuerdo con las recomendaciones del laboratorio fabricante así lo establezca o cuando la evidencia científica lo permita”.

En relación con la administración de las vacunas contra covid-19, como novedad se estableció que los menores de edad deberán ser acompañados por sus padres o su tutor legal durante el proceso de aplicación de las dosis. Es responsabilidad de los padres o tutores firmar el documento que soporta el consentimiento informado del menor. “Si se trata de personas declarados incapaces por sentencia judicial comparecerán en los términos de la Ley 1996 de 2019 y aquellos que no sepan o no puedan firmar, podrán firmar a ruego”.

Por su parte, las EPS, IPS o responsables de la búsqueda de la población objeto a vacunar deberán continuar realizando el reporte de información sin que, de manera previa, deba realizarse el registro en la plataforma MIVACUNA COVID19. Sin embargo, todas las personas vacunadas deberán ser reportadas en el sistema de información nominal PAIWEB.

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Consideraciones sobre la aplicación de las vacunas Pfizer-BioNTech

Dentro de los cambios de la Resolución 1379 de 2021, lo más relevante es la modificación a los intervalos de la administración de las dosis. De acuerdo con el anexo técnico, este biológico requiere de dos dosis para brindar protección ante el Sars-CoV-2 y prevenir el desarrollo de covid-19 grave. La segunda dosis debe aplicarse 21 días después de haber recibido la primera, según las recomendaciones del laboratorio farmacéutico.

Sin embargo, en las series de vacunas de ARNm, éstas se pueden aplicar con un intervalo máximo de 84 días entre las dosis. Lo anterior significa que, en caso de retraso se podrá prolongar el tiempo de aplicación sin que ellos represente una alteración negativa en el desarrollo de anticuerpos o el nivel de protección. Por tal razón, el Ministerio de Salud ha realizado el siguiente ajuste:

  • A la población de 12 a 49 años con comorbilidades (etapa 3) se aplicará la segunda dosis de la vacuna con un intervalo de 21 días.
  • A la población de 12 a 49 años sin comorbilidades (etapa 4 y 5) se aplicará la segunda dosis de la vacuna con un intervalo de 12 semanas (84 días).

La aplicación de la vacuna Pfizer también podrá ser aplicada a personas entre 12 y 59 años que haya sido diagnosticada con infección por SARS-00V-2 a través de pruebas de PCR o antígeno en un tiempo menor a 9 meses, siempre y cuando no estén inmunosuprimidas o afectadas con comorbilidades.

De igual manera, las autoridades de salud reiteran que la vacuna Pfizer-BioNTech es la única autorizada en Colombia para las mujeres gestantes, sin importar su edad. Se mantiene la administración del biológico desde la semana 12 de embarazo y hasta el día 40 de la etapa posparto. Como requisito para acceder a esta vacuna la mujer debe presentar el consentimiento informado en donde manifieste que realizó previamente la evaluación riesgo— beneficio junto con su médico tratante.

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No debe restringirse el acceso a la vacunación en las pacientes con fetos malformados o aquellas que soliciten acceder a la interrupción voluntaria del embarazo. Tampoco podrá restringirse el acceso a la vacunación a adolescentes o independientemente de su condición migratoria.

Otro aspecto a tener en cuenta y presentado en la Resolución 1374 de 2021 es el siguiente: “la segunda dosis de la vacuna Pfizer-BioNTech debe administrarse lo más cerca posible del intervalo recomendado; sin embargo, las segundas dosis administradas dentro de un periodo de gracia de 4 días antes de la fecha recomendada para la segunda dosis aún se consideran válidas”.

Consideraciones sobre la aplicación de la vacuna Moderna

En relación con la aplicación de la vacuna Moderna, en el anexo técnico se muestra un intervalo de 28 días entre ambas dosis, de acuerdo con la compañía farmacéutica que ha desarrollado el biológico. En el caso de Colombia, la segunda dosis podrá ser administrada con un intervalo de 28 días a 84 días.

Cabe anotar que, para este biológico no se debe programar la recepción de la segunda dosis antes de los 28 días. Sin embargo, se permite su aplicación dentro de un período de gracia de 4 días antes de la fecha recomendada para la aplicación de la segunda dosis. Al igual que lo establecido en la administración de la vacuna Pfizer, en caso de incumplir con el tiempo definido por la farmacéutica se puede prolongar el intervalo hasta por 84 días entre dosis. De acuerdo con lo anterior, este biológico se administrará de la siguiente manera:

  • La población de 18 a 49 años sin comorbilidades (etapa 4 y 5) se aplicará la segunda dosis de la vacuna con un intervalo de 12 semanas (84 días).
  • La población de 18 a 49 años con comorbilidades (etapa 3) se aplicará la segunda dosis de la vacuna con un intervalo de 28 días.

De igual forma, la recomendación del Ministerio de Salud es completar el esquema con vacunas del mismo fabricante, en el caso de Moderna se menciona que en situaciones excepcionales en las que el producto de la vacuna de ARNm administrado para la primera dosis no se puede determinar o ya no está disponible, se puede administrar cualquier vacuna de ARNm COVID-19 disponible en un intervalo mínimo de 28 días entre dosis para completar la serie de vacuna de ARNm COVID-19″.

A continuación, Consultorsalud comparte el texto completo de la Resolución 1379 de 2021:

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