16 EPS EN LA LUPA DEL SUPERSALUD – Hablando con Resoluciones

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El Superintendente Nacional de Salud, Dr. Fabio Aristizábal, anunció en el XIII Congreso Nacional de Salud, que mostraría una Supersalud con “dientes de sable”, y que sus pronunciamientos más importantes los haría a través de resoluciones; pocas semanas después, comienza a cumplir su palabra, expidiendo una cascada de resoluciones de vigilancia y control contra diez y seis (16) EPS, que usted al final de este artículo podrá conocer y descargar.

Veamos de que se trata esta batería reglamentaria, a quienes cobija y de que manera, en un momento trascendental, porque MEDIMAS EPS, ha sido herida de muerte por las declaraciones de la Liquidadora de Saludcoop y el Procurador General de la Nación (quien evidentemente se salió de contexto e hizo gala de una inobjetable y dañina voluntad de protagonismo mediático), y cuenta con un exiguo plazo otorgado por el superintendente nacional de salud de hasta dos meses (ver condiciones y plazos para MEDIMAS), para dar cumplimiento a todos los requerimientos propios de la vigilancia especial que actualmente posee.

Este paquete de control limita de manera muy específica, la capacidad para recibir afiliados de una buena parte de las EPS listadas, lo que podría hacernos suponer que, para el inmediato futuro, y en caso de producirse la liberación de los afiliados de MEDIMAS, y su asignación a otras EPS en las regiones, los aspirantes a recibir este millonario grupo de afiliados serían menos aseguradoras.

 

PAQUETE DE MEDIDAS DE CONTROL PARA LAS 16 EPS

Fabio Aristizabal Superintendente Nacional de Salud En Congreso Nacional de Salud CONSULTORSALUD

Pero pasemos a ver cuales son las EPS cubiertas por las mas recientes medidas de vigilancia y control:

 

  1. CAPRESOCA: Resolución 10007 de 2018: Limita la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.
  2. EMDISALUD: Resolución 10009 de 2018: Prorroga la medida preventiva de vigilancia especial.
  3. EMSSANAR: Resolución 10010 de 2018: Prorroga la medida preventiva denominada programa de recuperación.
  4. AMBUQ: Resolución 10015 de 2018: Prorroga la medida preventiva de vigilancia especial
  5. MEDIMAS: Resolución 10002 de 2018: Limita la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.
  6. SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD SOS: Resolución 10003 de 2018: Limita la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.
  7. CAPITAL SALUD: Resolución 10004 de 2018: Limita la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.
  8. COOMEVA: Resolución 10005 de 2018: Limita la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.
  9. SAVIA SALUD: Resolución 10006 de 2018: Limita la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.
  10. COMFACHOCO: Resolución 10012 de 2018: Prorroga la medida preventiva denominada programa de recuperación.
  11. COMFAMILIAR HUILA: Resolución 10013 de 2018: Prorroga la medida preventiva denominada programa de recuperación.
  12. COMFAMILIAR CARTAGENA Y BOLIVAR: Resolución 10016 de 2018: Prorroga la medida preventiva de vigilancia especial.
  13. COMFACOR: Resolución 10017 de 2018: Prorroga la medida preventiva de vigilancia especial.
  14. SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD SOS: Resolución 10088 de 2018: Se establecen las condiciones y plazos para realizar la actualización de la autorización de funcionamiento otorgada mediante la resolución 692 de 1995
  15. AMBUQ: Resolución 10089 de 2018: Se establecen las condiciones y plazos para realizar la actualización de la autorización de funcionamiento otorgada mediante la resolución 360 de 2006
  16. CRUZ BLANCA: Resolución 10091 de 2018: Se establecen las condiciones y plazos para realizar la actualización de la autorización de funcionamiento otorgada mediante la resolución 945 de 1995
  17. CRUZ BLANCA: Resolución 10008 de 2018: Prorroga la medida preventiva de vigilancia especial.
  18. COMFASUCRE: Resolución 10011 de 2018: Prorroga la medida preventiva denominada programa de recuperación.
  19. COMPARTA: Resolución 10014 de 2018: Prorroga la medida preventiva de vigilancia especial.

 

Está clarísimo que el impacto lo están recibiendo mayormente las EPS del régimen subsidiado: 13 de 16 EPS (81,25%), mientras que en el régimen contributivo solamente 2 de las 16, y Medimás que afilia en ambos regímenes.

Va siendo hora de sentarse y tomar el lápiz para calcular sobre los mapas de cobertura territoriales, lo que podría pasar con este potencial cambio del aseguramiento, si se diera la redistribución de afiliados.

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