Saneamiento de aportes patronales 2012 – 2016: Modificación Resolución 2024 de 2018

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El Ministerio de Salud y Protección Social, dio a conocer un proyecto resolución, que pretende modificar la Resolución 2024 de 2018 y se dictan otras disposiciones en relación con el procedimiento de saneamiento de aportes patronales de la vigencia 2012 – 2016.

El proyecto plantea que:

ESTADOS DE CUENTA DESAGREGADOS

Las entidades administradoras que no hayan remitido a las entidades empleadoras los estados de cuenta de acuerdo a la forma, características y detalle establecidos en el artículo 4 de la Resolución 2024 de 2018, deberán remitirlos dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la resolución.

REPORTE DE INFORMACIÓN DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS

Las entidades empleadoras que producto de los estados de cuenta recibidos, requieran ajustar o realizar el cargue del que trata el artículo 5 de la Resolución 2024 de 2018, podrán hacerlo en un plazo de 20 días hábiles contados a partir del vencimiento del término.

REPORTE DE INFORMACIÓN DE LAS ENTIDADES ADMINISTRADORAS

Las entidades administradoras dentro de los 20 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo, podrán ajustar o realizar el cargue que trata el artículo 6 de la Resolución 2024 de 2018.

PLAZO DE REPORTE DE LA EJECUCIÓN

Las entidades administradoras, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, deberán reportar a este Ministerio, como información inicial, la consolidación de la ejecución del total de los recursos de aportes patronales correspondientes a la vigencia 2012-2016.

PROCESOS DE CONCILIACIÓN

Las entidades administradoras y empleadoras podrán continuar los procesos de conciliación, suscripción de actas, con las devoluciones y traslados de recursos a que haya lugar hasta el cierre de las mesas de saneamiento establecidas en el artículo 9 de la Resolución 2024 de 2018.

CRUCE Y PUBLICACIÓN DE LAS DEUDAS

EL Ministerio de Salud, publicará en su página Web, dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del reporte, el resultado del cruce de las deudas de aportes patronales reportado por las entidades empleadoras y administradoras, así como los cruces y validación de información relacionada con el giro de los recursos del SGP realizado a las administradoras y el reporte de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA.

MESAS DE SANEAMIENTO

Dentro de los 90 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo, se deberán llevar a cabo las mesas de saneamiento a través de las cuales se efectuará la aclaración de los recursos de aportes patronales para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2016. Las entidades administradoras y empleadoras deberán asistir a las mesas de saneamiento con información válida y lista para la verificación.

Efectuada la conciliación y en el evento que se presenten saldos a favor de la entidad empleadora, está deberá solicitar a las entidades administradoras (AFP, AFC, ARL) la devolución de dichos recursos; así como el traslado entre las citadas administradoras según corresponda. 

Descargue a continuación el Proyecto Resolución completo y conozca todos los detalles.

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